DINERO AFIP > monotributo > Sergio Massa

PLAZO AMPLIADO

Monotributo y deudas: AFIP anuncia medida clave

AFIP da un respiro a los monotributistas: Suspensión de exclusión de pleno derecho hasta diciembre de 2023.

En concordancia con las instrucciones impartidas por el Ministerio de Economía, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha promulgado en esta jornada la suspensión hasta el 31 de diciembre de 2023 del procedimiento exclusión de pleno derecho del Monotributo.

Asimismo, de manera temporal, se ha suspendido la contabilización de los lapsos correspondientes a septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año 2023 en lo que respecta al período estipulado para la baja automática por falta de pago.

Esta determinación fue establecida mediante la resolución general 5421/2023, anunciada en el Boletín Oficial y detalla la normativa relacionada con la resolución 1416/2023 del Ministerio de Economía, presentada al público el 22 de septiembre por el líder de la cartera ministerial y aspirante a la presidencia por la coalición Unión por la Patria (UxP), Sergio Massa. Las medidas han entrado en vigencia a partir de hoy, 25 de septiembre de 2023, precisamente el día en que fueron divulgadas de manera oficial.

image.png

¿Cuándo se produce la exclusión de pleno derecho?

Conforme a la información proporcionada en el portal oficial de la AFIP, el proceso de exclusión automática se materializa cuando los mecanismos de control sistémico identifican la presencia de cualquiera de las razones que justifican dicha exclusión. En estas circunstancias, se procede a la cancelación de la inscripción en el régimen del Monotributo y se efectúa la incorporación al sistema tributario general.

¿Qué situaciones hacen que me excluyan del monotributo?

Existen circunstancias que conllevan a la desvinculación del Régimen de Monotributo. Estos casos se llevan a cabo cuando:

  • La totalidad de los ingresos brutos rebasa el umbral máximo estipulado por la categoría más elevada disponible.
  • La dimensión o el coste del alquiler superan los límites predeterminados por la categoría máxima accesible.
  • Se supera el precio unitario máximo de venta permitido.
  • Se efectúan adquisiciones de bienes o gastos personales por un importe que excede los ingresos brutos permitidos por la categoría máxima aplicable.
  • Los depósitos bancarios exceden los ingresos brutos permitidos por la categoría máxima aplicable.
  • Se han efectuado importaciones de bienes o servicios en el lapso de los últimos 12 meses.
  • Se desarrollan más de tres actividades simultáneas o se cuentan con más de tres unidades de explotación (locales).
  • Se presta servicios mientras se está categorizado como si se estuvieran vendiendo productos.
  • Se realizan operaciones sin emitir facturas.
  • Las compras y los gastos relacionados con la actividad, durante los últimos 12 meses, suman el 80% o más de los ingresos brutos máximos permitidos, en el caso de la venta de productos, o el 40% o más cuando se trata de la prestación de servicios, según lo establecido para la categoría más alta disponible en cada caso.
  • Figurar en el registro público de empleadores con sanciones laborales (REPSAL).

Ahora bien, en lo que respecta a la baja automática, esta se efectúa en caso de no abonar el impuesto integrado y/o las cotizaciones previsionales fijas durante un periodo ininterrumpido de 10 meses.

---------------------------

Más contenido en Urgente 24

América TV en crisis: La renuncia que golpea al canal

La miniserie de Netflix en la que todos guardan un secreto

WhatsApp Flows: Tu nuevo asistente de compras y viajes

AFIP impone nuevo requisito para la devolución del IVA