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ACTUALIZACIÓN IMPOSITIVA

Impuesto a las Ganancias: Qué se espera con la actualización del mínimo no imponible

El INDEC publicará el dato de inflación de junio que definirá los nuevos umbrales del Impuesto a las Ganancias para trabajadores.

Con la actualización semestral prevista por la reforma del Impuesto a las Ganancias, el mínimo no imponible volverá a incrementarse, elevando significativamente el nivel de ingresos a partir del cual los asalariados comenzarán a tributar el gravamen. El nuevo piso se ubicará alrededor de los $3.495.000 brutos mensuales para un trabajador soltero sin hijos.

De acuerdo con las estimaciones privadas citadas por especialistas tributarios, la inflación acumulada durante el primer semestre se ubicará entre 16,5% y 17%. Este porcentaje servirá como referencia para actualizar deducciones y escalas del impuesto, comenzando a regir para salarios percibidos desde julio, según publicó Ambito.

Las nuevas escalas del impuesto a las ganancias

En términos de ingreso neto, el nuevo umbral se ubicará alrededor de los $2.900.000 mensuales. Actualmente, el piso se encuentra en torno a los $2.490.000 netos, por lo que el incremento rondará los $410.000. Para trabajadores casados sin hijos, el mínimo no imponible bruto se ubicará en aproximadamente $4.062.000 mensuales.

Esto implica que una porción de los asalariados que actualmente se encuentran alcanzados por el tributo podrían dejar de pagar o ver reducidas sus retenciones durante la segunda mitad del año. Para los casados con dos hijos, el mínimo no imponible será de $4.644.000 brutos mensuales.

El mínimo no imponible para casados con dos hijos se ubicará en $4.644.000 brutos mensuales, lo que equivale a un neto de $3.847.000. La actualización responde al mecanismo establecido por la legislación vigente, que determina que las escalas y deducciones se ajusten cada seis meses según la evolución del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Los efectos del impuesto a las ganancias

El sistema busca evitar que la inflación genere una mayor carga tributaria sobre los salarios únicamente por efecto de la pérdida del poder adquisitivo de la moneda. Sin embargo, el esquema también genera efectos particulares sobre la recaudación y sobre los propios contribuyentes.

Como las actualizaciones se realizan tomando la inflación pasada, los trabajadores suelen atravesar períodos en los que los aumentos salariales quedan temporalmente alcanzados por el impuesto hasta que se produce la corrección semestral de las escalas. Especialistas tributarios sostienen que este mecanismo genera distorsiones que luego son compensadas mediante los ajustes anuales.

Otro aspecto relevante es que el Impuesto a las Ganancias tiene carácter anual. Esto significa que si durante la primera parte del año un empleador realizó retenciones superiores a las que finalmente correspondían tras la actualización de escalas y deducciones, el trabajador podrá recuperar esos importes en la liquidación anual.

Según explicó el tributarista Sebastián Domínguez al mismo medio, la devolución se efectúa normalmente en abril del año siguiente, una vez consolidada toda la información fiscal del período. Desde la perspectiva macroeconómica, la suba del mínimo no imponible implicará una menor presión tributaria sobre los salarios formales de ingresos medios y altos.

También podría generar un efecto positivo sobre el consumo en determinados segmentos, al dejar una mayor porción de los aumentos salariales en manos de los trabajadores. La confirmación definitiva de los nuevos valores dependerá del dato de inflación de junio que publique el INDEC.

No obstante, las proyecciones privadas ya permiten anticipar que el segundo semestre llegará con un alivio fiscal concreto para miles de empleados registrados, en un contexto en el que la desaceleración de los precios comienza a modificar también la estructura de los principales tributos vinculados a los ingresos laborales.

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FUENTE: Ambito, Urgente24.