El presidente Alberto Fernández le puso fin este viernes 5/3 a la política migratoria de Mauricio Macri, contenida en el decreto 70/2017, mediante su derogación publicada en el Boletín Oficial.
FIN AL DECRETO 70/2017
Alberto F eliminó los controles macristas a extranjeros con antecedentes
Alberto Fernández terminó este viernes (5/3) con la política migratoria de Mauricio Macri mediante la derogación del decreto 70/2017 que contenía los cambios a la Ley Migratoria. Esa modificación había hecho más estrictos los controles de ingreso para inmigrantes con antecedentes y agilizaba la expulsión de inmigrantes con antecedentes penales.
El decreto de Macri que modificó la Ley Migratoria, impuso controles más estrictos al ingreso de personas con antecedentes y agilizaba los trámites de expulsión de inmigrantes con antecedentes penales.
Según los fundamentos que dio el Gobierno de Fernández para derogar el decreto macrista, no se vieron “mejoras ponderables” en materia migratoria y argumentaron que los cambios en la política migratoria no resultan “conciliables con la Constitución Nacional”.
“Cabe mencionar la violación al principio del debido proceso, al derecho a contar con asistencia y defensa legal, la restricción a un control amplio y suficiente del poder judicial sobre los actos de la autoridad administrativa, la amplitud con la que se prevé la retención preventiva del y de la migrante sin definir las causas que la habilitan y la restricción a los derechos de reunificación familiar y dispensa por razones humanitarias”, explicaron.
Uno de los impedimentos para el ingreso y permanencia de extranjeros en el territorio nacional que establecía el inciso C del artículo 29 de la ley era “haber sido condenado o estar cumpliendo condena, en la Argentina o en el exterior, o tener antecedentes por tráfico de armas, de personas, de estupefacientes o por lavado de dinero o inversiones en actividades ilícitas o delito que merezca para la legislación argentina pena privativa de la libertad de tres años o más”.
Luego, con la modificación, se dividió en dos. Por un lado, los delitos comunes, y, por otro, los delitos de tráfico de drogas, personas, armas, órganos y tejidos (incorporación nueva) lavado, inversiones ilícitas.
El decreto determinaba que se entendía como antecedente penal “un acto de procesamiento firme, el cierre de la investigación preparatoria o acto procesal equiparable”.
También se incorporaba otro cambio: si un inmigrante pagaba para que lo trajeran, a pesar de que esto infringe la ley, si colaboraba para dar con el traficante de personas, podía pedir la residencia y evitar la expulsión.
En enero de 2017, Macri y su gabinete firmaron el Decreto 70 que modificó la Ley de Migraciones. Amparándose en la definición de que cada Estado tiene “la prerrogativa soberana de decidir los criterios de admisión y expulsión de los no nacionales”, se creó un “procedimiento migratorio especial sumarísimo” para negar el ingreso y expulsar delincuentes extranjeros con mayor agilidad.
El argumento de ese entonces radicó en “la duración de los procesos administrativos y judiciales” y en el incremento de personas de nacionalidad extranjera bajo custodia del Servicio Penitenciario que en 2016 alcanzó al 21,3% de la población carcelaria total, pero que al analizar la cantidad de personas detenidas por narcotráfico, la cifra de inmigrantes subía al 33% en aquél año.
La norma estableció también la prohibición de ingreso a las personas que presenten documentación falsa u omitan informar sobre sus antecedentes penales; los que cumplan condena o tengan antecedentes –tanto en Argentina como el exterior- “por delitos que merezcan según las leyes argentinas penas privativas de libertad” o “delitos de tráfico de armas, de personas, de estupefacientes, de órganos o tejidos, o por lavado de dinero o inversiones en actividades ilícitas”.
La prohibición de ingreso se extendió a quienes estuvieron involucrados en actos de terrorismo, crímenes de guerra, de lesa humanidad o promuevan la prostitución. Además, las mismas causas podían ser utilizadas para cancelar las residencias que se hubiesen otorgado “cualquiera fuese su antigüedad”.










