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"EXCESO DE ATRIBUCIONES"

Otro revés judicial para Javier Milei: Anulan DNU sobre política migratoria

La Cámara Nacional Electoral dictaminó que el DNU 366/2025 firmado por Javier Milei es “absolutamente nulo” por invadir facultades del Congreso.

La Cámara Nacional Electoral (CNE) declaró la nulidad del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de Javier Milei que transfería la competencia para otorgar la ciudadanía argentina a la Dirección Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio de Seguridad.

El tribunal consideró que el Presidente se "excedió" en sus atribuciones constitucionales al avanzar sobre facultades que le corresponden exclusivamente al Poder Legislativo, tal como pudo consignar Agencia Noticias Argentinas.

La resolución de la Cámara se basó en dos ejes centrales que fulminan la legalidad del decreto. En concreto, habla de invasión en materia electoral, porque los jueces recordaron que otorgar la ciudadanía está directamente ligado a la adquisición de los derechos políticos (como el voto). La Constitución Nacional, en su artículo 99 inciso 3°, prohíbe de forma expresa y "bajo pena de nulidad absoluta e insanable" que el Poder Ejecutivo dicte DNUs que regulen la materia electoral.

A su vez, el tribunal desmontó los argumentos del Gobierno al señalar que no existían razones de "rigurosa excepcionalidad" que impidieran que este cambio de leyes se discutiera de manera ordinaria en el Congreso de la Nación.

"Los tribunales deben resguardar el principio de jerarquía normativa", explicaron los magistrados, argumentando que la Justicia tiene la obligación de hacer valer las leyes por encima de cualquier decreto que intente modificarlas sin cumplir con los requisitos de la Carta Magna.

Tras declarar la invalidez de la norma, la CNE ordenó revocar un fallo de primera instancia que le había negado la ciudadanía a un solicitante bajo el paraguas de dicho DNU.

Además, informó que se notificó formalmente al Ministerio de Seguridad de la Nación para que instruya a la Dirección Nacional de Migraciones a dar marcha atrás con la medida. Por último, la resolución fue enviada a todos los jueces federales con competencia electoral del país para unificar el criterio: a partir de ahora, el otorgamiento de la ciudadanía argentina vuelve a ser una facultad estrictamente judicial.

Golpe a la política migratoria de Javier Milei

El DNU anulado ahora fue dictado el 28 de mayo de 2025, firmado por Javier Milei, y oficializó la la reforma migratoria sobre acceso a la salud, educación, ciudadanía y la expulsión de ilegales. La norma trasladó a la Dirección Nacional de Migraciones la facultad de otorgar la ciudadanía argentina por naturalización, una atribución que desde 1869 estuvo en manos de los jueces federales.

El DNU 366/2025 modificó también la Ley de Migraciones, la Ley de Educación Superior y la Ley de Educación Nacional.

En materia de ciudadanía, trasladó la facultad de otorgar la nacionalidad de los jueces federales a la Dirección Nacional de Migraciones y exigió que los dos años de residencia previa fueran no solo continuos, sino también legales y sin salidas del país.

Entre los cambios introducidos vía DNU a la ley 25.871 se destacaban el endurecimiento de las deportaciones y del acceso a la ciudadanía argentina a la vez que se habilita el arancelamiento del acceso al sistema sanitario y la educación superior, aunque este punto queda a decisión de las universidades.

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FUENTE: Urgente24