JUSTICIA

ESPECULACIONES

'Deferencia legislativa' y el fallo que se viene de la CSJN

La Corte Suprema se enfrenta a un planteo que, desde lo jurídico, es sencillo, pero que, desde lo político y social, es más complejo.

Especulan algunos cuantos que la Corte Suprema de Justicia de la Nación podría considerar que es justo el reclamo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en materia de coparticipación federal de impuestos y que es justo el reclamo de la Nación en cuanto a la suspensión de clases presenciales en emergencia sanitaria.

La especulación agrega que, en caso de que la CSJN fallara a favor del reclamo del gobierno nacional manifestado por la Procuración del Tesoro, provocaría que, en forma coincidente, el Ejecutivo Nacional difundiera un Decreto de Necesidad y Urgencia admitiendo la presencialidad reglada, en base a un estimado de porcentajes y semáforos. 

Por supuesto que son especulaciones pero Urgente24 precisa informar acerca de lo que se está comentando por estas horas en circulos círculos jurisprudenciales.

Quienes afirman esto insisten en que no hay margen para que la CSJN sostenga que el Presidente de la Nación carece de autoridad suficiente como para cerrar los colegios.

Más allá de esta especulación, está muy definido que todo depende de cómo considere la CSJN la cuestión de las clases presenciales: si la prioridad es la educación, prevalecería el enfoque de la Ciudad Autónoma pero si la prioriedad es la pandemia debería prevalecer el enfoque / reclamo del Ministerio de Salud de la Nación.

Ahora bien, la ausencia de protocolo sanitario en el velatorio del ministro de Transporte de la Nación, Mario Meoni, al que asistieron autoridades tanto del Ejecutivo Nacional como del Legislativo, le quita mucha fuerza a todo el reclamo de la Casa Rosada.

También le resta contundencia el rumor de que las autoridades sanitarias bonaerenses se habrían 'relajado' cuando no debían hacerlo y ahora gran parte de los acontecimientos consiste en 'rescatar' a la Provincia, más allá del fracaso de Alberto Fernández en vacunar a la población en tiempo y forma. La cuestión sería, para el Frente de Todos que gobierna la Nación, impedir que Ciudad de Buenos Aires / Horacio Rodríguez Larreta obtengan una victoria política. 

Existe un concepto que se llama 'deferencia legislativa': a menos que la norma dijese un disparate, no pueden juzgarse ni los poderes judiciales ni las oportunidades de las medidas. 

Resulta comparable a debatir la razonabilidad de la política monetaria del Banco Central, cuya Carta Orgánica dice que debe sostener el valor de la moneda, so pretexto de que existe evidencia científica que la emisión provoca inflación.

¿Cómo salir de este laberinto? 

O se sale devolviéndole la prioridad de decisión al Presidente para que cambie el DNU y se vuelva 'cuestión abstracta' el expediente en curso, o se sale con concederle la razón al Ejecutivo Nacional mientras que un DNU concurrente retire a la CSJN del centro de la escena.

Objeciones

La Ciudad de Buenos Aires planteó 2 objeciones al Decreto de Necesidad y Urgencia del presidente Alberto Fernández:

# sostuvo que el DNU violenta la autonomía de la Ciudad, e
# informó que la suspensión de las clases presenciales era una medida desproporcionada e irrazonable porque no había evidencia científica que relacionara a las clases con el aumento de los contagios.

El argumento N°1 se presenta endeble. Hay jurisprudencia de la CSJN que reconoce, desde tiempos lejanos, que el poder de policía es una facultad concurrente entre Nación y las jurisdicciones locales cuando el asunto es de interés nacional. 

Aquí un antecedente muy interesante por cómo se gestionó el tema.

Evidentemente la pandemia es un foco que trasciende el ámbito local.