A través de la Disposición 5126/2025 publicada este martes, la Administración Nacional de Alimentos, Medicamentos y Tecnología Médica (ANMAT) estableció la prohibición del uso, distribución y comercialización de la crema dental anti-caries con flúor COLGATE TOTAL CLEAN MINT y ordenó el retiro del mercado del dentífrico a la empresa Colgate-Palmolive Argentina S.A.
MILES DE CASOS REPORTADOS
Atención: La ANMAT prohibió un famosísimo dentífrico por provocar "lesiones en la boca"
La ANMAT prohibió un dentífrico de una muy reconocida marca tras detectarse más de 11.000 casos de lesiones en la boca en Brasil y, al menos, 21 en Argentina.
La medida se debe al creciente número de eventos adversos reportados por consumidores argentinos tras su uso. Al día de la fecha llegan a 19 los casos confirmados por la empresa Colgate Palmolive Argentina SA (hasta el 7 de julio de 2025) y dos casos recibidos por Cosmetovigilancia de la ANMAT (hasta 15 de julio de 2025).
En detalle, las primeras denuncias contra el producto fueron registradas por la Agencia de Nacional de Vigilancia Sanitaria de Brasil(ANVIAS). En total, fueron más de 11.000 casos de efectos adversos los denunciados en el país vecino de acuerdo a lo informado por la misma empresa.
Reportes contra la pasta de dientes
La ANMAT, por su parte, también comenzó a recibir reportes asociados a fenómenos de irritación e inflamación del tejido de la cavidad oral, tales como ampollas, aftas, ardor, hinchazón y dolor, entre otros, por lo que se encuentra efectuando un monitoreo activo de este tipo de productos e invita a la población a reportar cualquier evento adverso que haya acontecido durante o después del uso de una pasta dental.
Ante lo ocurrido en Brasil, y los primeros registros en el país, la ANMAT definió la prohibición de uso, distribución y comercialización de la pasta dental en la Argentina.
Así lo comunicó mediante la Disposición 5126/2025. Además, también instó a Colgate Palmolive Argentina S.A. a "retirar del mercado el producto Crema dental anticaries con flúor COLGATE TOTAL CLEAN MINT".
La ANMAT prohibió un aceite de oliva
A partir de una denuncia realizada por un particular ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL), que derivó en la detección del producto rotulado como “Aceite de Oliva Extra Virgen marca Monte Oliva - Cont Neto 2 Lts., Consumir antes de AGO/27, RNE: 13289653 - RNPA: 13225493, Origen de Mendoza”, la ANMAT prohibió la elaboración y comercialización del mencionado aceite de oliva.
Tras la investigación, las autoridades constataron que tanto el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) como el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) que figuran en la etiqueta del envase "son inexistentes".
Según informó la Dirección de Higiene y Seguridad Alimentaria del Gobierno porteño, se realizó una inspección en el domicilio de compra indicado por el denunciante. Allí se "realizó la toma de muestra oficial reglamentaria y procedió a la intervención sanitaria preventiva".
Dado que se trata de un producto que "no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado", las autoridades determinaron que "no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido".
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