“2 inconstitucionalidades no hacen 1 constitucionalidad”, resumió una vez el profesor de Derecho en la Universidad de San Andrés (UdeSA), Ricardo Ramírez Calvo. Deberá recordarlo más que nunca porque el DNU (Decreto de Necesidad y Urgencia) que promueve el gobierno de Javier Milei, y que tiene una base teórica en Ramírez Calvo, ya es sospechoso, para muchos, de inconstitucionalidad múltiple.
SÚPER DNU
Sturzenegger / Ramírez Calvo y el DNU de UdeSA
Hace tiempo que en UdeSA realizaban un ejercicio con Federico Sturzenegger y Ricardo Ramírez Calvo, origen del DNU de Javier Milei apodado "el DNU de UdeSA".
La doctrina vigente de la Corte dice que no puede aceptarse un DNU para establecer modificaciones de carácter permanente pero se le atribuye al trabajo del profesor de Derecho Constitucional de UdeSA precisamente ese intento.
Rodolfo Barra, procurador del Tesoro que ya estaba retirado en Punta del Este (Uruguay) y fusionando su estudio jurídico con el de Carlos Corach -meta hoy interrumpida-, fue convocado por Javier Milei, pero él no ha participado en el trabajo con el que el Ejecutivo Nacional intenta convocar a sesiones extraordinarias del Legislativo.
La Bicameral
Precisamente Barra y su discípulo Miguel Licht, presidente del Tribunal Fiscal de la Nación, recordaron hace tiempo que 1 de las 2 participaciones legislativas que la Constitución Nacional le confiere al Presidente de la Nación es la que deriva del artículo 90, inciso 3ro.: los DNU, que impulsan al Congreso a expedirse sobre los mismos, "so pena de que tal decreto, que tiene como contenido materias que corresponden a la ley, continúe con su vigencia como si fuera una ley sancionada por el mismo Legislativo".
Esto traslada la acción a la Comisión Bicameral Permanente de Trámite Legislativo (Ley Nº 26.122/2006), que podrá reunirse luego de la convocatoria a sesiones extraordinarias.
Artículo 2do.: "La Comisión Bicameral Permanente prevista en los artículos 99, inciso 3, y 100, incisos 12 y 13 de la Constitución Nacional se rige por esta ley y las disposiciones de su reglamento interno; y tiene competencia para pronunciarse respecto de los decretos:
- de necesidad y urgencia;
- por delegación legislativa; y
- de promulgación parcial de leyes, dictados por el Poder Ejecutivo nacional en los términos de los artículos 99, inciso 3; 76; 80 y 100, incisos 12 y 13 de la Constitución Nacional."
Artículo 3ro.: "La Comisión Bicameral Permanente está integrada por 8 diputados y 8 senadores, designados por el Presidente de sus respectivas Cámaras a propuesta de los bloques parlamentarios respetando la proporción de las representaciones políticas."
Artículo 7mo.: "La Comisión Bicameral Permanente sesiona cuando cuenta con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros."
Artículo 8vo.: "Los dictámenes de la Comisión Bicameral Permanente se conforman con la firma de la mayoría absoluta de sus miembros y en caso de que haya más de un dictamen con igual número de firmas, el dictamen de mayoría es el que lleva la firma del presidente."
UdeSA
En el Consejo Directivo de UdeSA, que preside Lucas S. Grosman, participan los teóricos Federico Sturzenegger (Profesor Plenario de la Escuela de Negocios) como Ricardo Ramírez Calvo (Director de Legales).
Así es como UdeSA, cuyos egresados del año anterior habían sido convocados por la Administración Mauricio Macri en 2015, vuelve a aparecer en el radar.
Sturzenegger, presidente del BCRA en la gestión de Macri hasta que fue maniatado por Marcos Peña -y a quien Macri no aconsejó a Milei para el Palacio de Hacienda-, tiene una visión muy crítica del kirchnerismo y muy melosa de los libertarios.
En una ocasión escribió en el diario La Nación:
"Gran parte de la responsabilidad de que este proyecto no haya logrado imponer su totalitarismo reside en la resistencia que toda la sociedad, y sobre todo Juntos por el Cambio, sostuvieron durante muchos años. Hoy el votante transfirió esa responsabilidad a La Libertad Avanza, un partido que logró captar la aspiración de muchos argentinos de poner fin a un Estado opresor y autoritario, y de regresarnos al corredor que nos permita construir una sociedad inclusiva y republicana."
Hoy asesor de Javier Milei él compartió un video exhibiendo el DNU que presentará el Presidente, entre los cuales estarían incluidos los cambios en el sistema laboral.
Neo constitucionalismo
Algunas preguntas imprescindibles:
- ¿Se puede modificar el Código Civil por DNU?
- ¿Está seguro el autor del DNU que todo será dilucidado en el Fuero Contencioso Administrativo o habrá disputas decisivas en otros fueros tal como el Laboral?
- ¿Qué sucede con los agujeros regulatorios que va a provocar el DNU, de conseguir vigencia?
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