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LA VERDADERA HISTORIA

"En la más constante fidelidad a nuestro muy amado Rey"

La Revolución de Mayo no fue una revolución. Sus integrantes prometieron trabajar "En la más constante fidelidad y adhesión a nuestro muy amado Rey".

Fue democracia en el Virreynato del Río de la Plata pero no en defensa de la república sino de la monarquía: 25 de mayo de 1810, reemplazo del virrey por una Junta Popular, que debía garantizar los territorios del rey Fernando VII. Una paradoja mucho más compleja que la historia simplificada por Bartolomé Mitre, quien para darle mística a Buenos Aires inventó una independencia nacida en el puerto y no en las provincias.

Es importante comprender qué significaban las Juntas en ese tiempo y espacio. El emperador Napoleón Bonaparte y la monarquía española de los Borbones eran aliados contra Portugal, socio de Inglaterra. La guerra fue declarada -la Casa Real de Lisboa se instaló en Brasil- pero en España crecieron las diferencias domésticas entre 'afrancesados' vs. 'patriotas'. Además, las tropas de Bonaparte cometieron errores en su relacion con el pueblo que les proveía de alimentos y manuntención, y esto provocó resentimiento.

En España existía un vacío de poder político: el rey Carlos IV y su hijo Fernando VII acudían a su aliado Napoleón solicitando apoyo a sus respectivas pretensiones de liderar el Reino. Y el emperador descubrió una ventana de oportunidad: tenía tropas francesas en España, y España había enviado tropas a Portugal. Entonces convocó a padre e hijo a Bayona, y obtuvo de ellos la abdicación a su favor, el 5 de mayo de 1808, tras lo cual cedió la Corona a su hermano José I Bonaparte. En teoría, se había quedado con España. Fernando VII y su padre Carlos IV fueron retenidos y llevados al Castillo de Valençay.

La institución en la que se apoyaba la monarquía española era el Consejo de Castilla. Las instrucciones de Fernando VII al marchar hacia Bayona (Francia) fueron que mientras él estuviera fuera del país, las instituciones españolas debían cooperar con los generales franceses. Esto fue acatado por el Consejo de Castilla y hasta los corregidores municipales.

Sin embargo, la tensión popular explotó en Madrid: fue el origen de levantamientos múltiples y de la aparición de las Juntas locales en la llamada 'Guerra de la Independencia' española: Junta de Asturias, Junta de Valencia, Junta de Galicia, Junta de Sevilla (autodenominada Junta Suprema de España e Indias).

Ésta tomó 3 decisiones:

  • buscar una alianza con Inglaterra -Eusebio de Herrera, Pedro de Creus y Enrique Macdonel fueron a Cádiz a dialogar con el almirante Cuthbert Collingwood-;
  • enviar a las colonias en América una versión de los sucesos, incluyendo la resistencia de Sevilla -antes de que Napoleón les diera su versión de los hechos-; y
  • difundir una Declaración de Guerra al Emperador de Francia.

La asunción de poderes legislativos, ejecutivos y judiciales por las Juntas provinciales posibilitó la organización de los distintos territorios y la lucha armada, pero pronto se sintió la necesidad de volver a concentrar el poder político para vencer a los franceses y reconstruir el Estado.

Entonces se decidió una Junta Suprema Central, que se instaló en Aranjuez y que el 11 de agosto de 1808, declaró nulas las abdicaciones de Bayona.

La Junta Central estuvo vigente hasta el 30 de enero de 1810, cuando se disolvió en favor del Consejo de Regencia de España e Indias, pero entonces sucedió el fracaso militar, la ocupación francesa de casi todo el territorio español y nacieron las Cortes de Cádiz, origen de la Constitucion de 1812.

En España, la división interna ya era más sofisticada, con 4 grupos bien delimitados:

  1. los absolutistas, partidarios de restaurar el sistema político, económico y social del Antiguo Régimen basado en una Monarquía absoluta;
  2. los reformadores ilustrados, llamados realistas, que proponía la soberanía compartida entre el Rey y las Cortes, con alguna referenia en el modelo clásico del constitucionalismo inglés;
  3. los liberales, que proponían aprovechar la oportunidad para instalar un nuevo sistema de gobierno, apoyado en las Cortes, con diputados elegidos por las Juntas que habían comenzado la revolución, con un horizonte republicano; y
  4. los afrancesados, que acataban las abdicaciones de los titulares de la Corona española y el régimen autoritario bonapartista, sin necesidad de apelar a la revolución.

Una parte de semejantes diferencias y debates se manifestó en las colonias americanas, con múltiples consecuencias.

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Junta de Sevilla sesionando.

Junta de Sevilla sesionando.

El Virreynato

En enero de 1809, la Junta Suprema difundió un comunicado informando a las tierras de América diciendo que no eran más colonias sino provincias de España, con los mismos derechos y atributos. Era un intento de tomar recaudos para preservar los dominios de Fernando VII confiando en que Napoleón Bonaparte sería derrotado.

En otra de sus muchas decisiones de 1809, el marino Baltasar Hidalgo de Cisneros y de la Torre, quien había sido vicepresidente de la Junta de Cartagena y era veterano de Trafalgar, fue designado virrey del Río de la Plata, en reemplazo de Santiago de Liniers. quien sido desafiado por un motín liderado por Martín de Álzaga y desconocido como virrey interino por el gobernador de Montevideo, Francisco Javier de Elío. Había un vacío de autoridad en el Virreynato y desde España se consideró apropiado demostrar gestión.

Santiago de Liniers, personaje clave en una historia de desaciertos y contradicciones.
Santiago de Liniers, francés fiel a España pero no logró recuperar la autoridad del Virrey, afectada por la huida de su predecesor, el Marqués Rafael de Sobremonte.

Santiago de Liniers, francés fiel a España pero no logró recuperar la autoridad del Virrey, afectada por la huida de su predecesor, el Marqués Rafael de Sobremonte.

El panorama

Cisneros llegó a Montevideo, a mediados de julio de 1809, y el gobernador de Elío, quien había creado una Junta de Gobierno local, aceptó la autoridad del nuevo virrey y disolvió la Junta, siendo nombrado inspector de armas del Virreinato.

En Buenos Aires la situación era complicada y había dos partidos enfrentados entre sí:

  • los 'juntistas', dirigidos por Martín de Álzaga, mejor vistos en esa España abundante de Juntas de autogobierno; y
  • el 'carlotismo', que intentaba la regencia de Carlota Joaquina Teresa Cayetana de Borbón y Borbón -hermana de Fernando VII cedida en matrimonio a Juan VI de Portugal, instalados en Río de Janeiro- y que cuestionaba la autoridad de la Junta Suprema de Sevilla y, por lo tanto, la de Cisneros.

Cisneros cometió varios errores iniciales. Por ejemplo, enviar a Elío a España para aflojar tensiones. Sin embargo, a la vez, logró rearmar las milicias españolas disueltas tras el intento de motín de Álzaga. Él creyó que así se aseguraba autoridad y estabilidad.

Había una crisis económica de fondo porque España había perdido su flota a manos de la Marina Real británica, y el comercio se había interrumpido.

Entonces, Cisneros autorizó el libre comercio con Gran Bretaña, provocando el enojo de los comerciantes locales más poderosos que ganaban dinero con el contrabando. Entonces, anuló el decreto de libre comercio que había dictado, recibiendo la queja de los comerciantes ingleses. Al final, les concedió una prórroga de 4 meses para que ajustaran sus cuentas.

En 1809 habían ocurrido 2 revoluciones en el Alto Perú, hoy Bolivia, que dependía del Virreinato del Río de la Plata:

  • el 25/05/1809, la Revolución de Chuquisaca y
  • el 16/07/1809, la Revolución en La Paz.

En ambas ciudades se formaron Juntas de Gobierno y Cisneros envió en su contra un ejército al mando del general Vicente Nieto, quien arrasó con Chuquisaca.

La Paz fue aplastado por tropas enviadas desde el Virreinato del Perú, y sus dirigentes condenados a muerte.

Esto permite comprender las posibilidades y los límites.

Pregoneros

El 13 de mayo de 1810 llegó a Montevideo la fragata británica 'HMS Misletoe', con noticias de España, que incluían el sometimiento de la corona española y la Junta Suprema de Sevilla a las fuerzas de Napoleón Bonaparte.

Las noticias fueron confirmadas el jueves 17 de mayo con el arribo a Buenos Aires de la fragata 'HMS John Paris', con periódicos que relataban las novedades: la Junta Suprema de Sevilla había sido disuelta y la península ibérica se encontraba en manos de Napoleón.

Curiosidad: los ingleses no pudieron ocupar el Virreynato pero lograron desestabilizar a los españoles.

Dicen que Cisneros intentó incautar los periódicos no pudo con todos y Manuel Belgrano y Juan José Castelli leyeron y difundieron la noticia. Cisneros la reconoció oficialmente el 18 de mayo a través de los pregoneros, la herramienta de comunicación en una sociedad en la que la mayoría no sabía leer ni escribir.

El virrey intentó utilizar la situación para concretar el objetivo que le había encargado la Junta Suprema:

En el desgraciado caso de una total pérdida de la península, y falta del Supremo Gobierno” él asumiría el poder, y acordaría con los otros virreyes de América para crear una Regencia Americana en representación de Fernando VII.

Cisneros aclaró que lo movilizaba alcanzar la gloria de luchar en defensa del monarca contra toda dominación extraña y, finalmente, prevenía al pueblo sobre “los genios inquietantes y malignos que procuran crear divisiones”.

De inmediato hubo una reunión en el inmueble del subteniente de blandengues Nicolás Rodríguez Peña, sospechoso de enemigo de España, junto a su hermano Saturnino, quien había ayudado a fugarse al militar William Carr Beresford, jefe de una de las invasiones inglesas.

Saturnino Rodríguez Peña había enviado desde Río de Janeiro correspondencia comprometedoras utilizando un emisario británico, el joven Diego Paroissien.

El socio de Rodríguez Peña era Hipólito Vieytes, responsable industrial de los mejores jabones y velas de la ciudad. El lugar era conocido como La Jabonería de Vieytes.

Curiosidad: ese inmueble no fue agredido por el español Cisneros sino que lo hizo la Comisión de Secuestros, en 1815, del criollo Carlos María de Alvear.

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Teniente general Baltasar Hidalgo de Cisneros y de la Torre.

Teniente general Baltasar Hidalgo de Cisneros y de la Torre.

El relevo

En la noche del 18 de mayo de 1810, se delegó en Juan José Castelli y Martín Rodríguez que se entrevistaran con Cisneros. Sin dormir, en la mañana del sábado 19, Cornelio Saavedra y Manuel Belgrano le pidieron al alcalde Juan José de Lezica la convocatoria a un Cabildo Abierto. Y Juan José Castelli hizo lo propio ante el síndico Julián de Leiva.

Este reclamo provocó que el domingo 20, Cisneros reuniera a los jefes militares para pedirles su apoyo ante una posible rebelión, y todos se rehusaron a brindárselo.

Castelli y Rodríguez insistieron con el pedido de Cabildo Abierto. Cisneros dijo que era una insolencia y un atrevimiento. Rodríguez lo presionó. Cisneros contestó: "Ya que el pueblo no me quiere y el ejército me abandona, hagan ustedes lo que quieran", y convocó al Cabildo Abierto para el 22 de Mayo. Su suerte estaba echada.

El lunes 21 a las 9:00 inició el Cabildo una reunión ordinaria pero la Plaza de la Victoria fue ocupada por hombres armados de pistolas y puñales que llevaban en sus sombreros el retrato de Fernando VII y en sus solapas una cinta blanca.

La historia afirma que eran liderados por Domingo French y su adjunto Antonio Luis Beruti, y apodados 'Legión Infernal', quienes exigían el Cabildo Abierto, lo que les anunció el síndico Leiva desde al balcón.

Luego, el reclamo de los reunidos fue acerca de la suspensión de Cisneros. Entonces se pidió intervención al Regimiento de Patricios, cuyo jefe Cornelio Saavedra logró calmarlos.

La belicosidad de los críticos de Cisneros así como la autoridad de Saavedra fueron los datos a considerar para las jornadas siguientes.

Dato: al Cabildo Abierto del martes 22, de los 450 invitados sólo concurrieron 251. ¿Qué hubiese sucedido si la asistencia hubiese sido completa?

Otro dato: la reunión estuvo condicionada por la presión en la plaza y los entusiastas dentro del Cabildo: el coronel Francisco Orduña, partidario del virrey, relató que "(...) mientras que a los que no votaban contra el jefe (Cisneros), se les escupía, se les mofaba, se les insultaba y se les chiflaba."

Casi todos los presentes aprobaban la destitución del virrey pero no se ponían de acuerdo en quien debía asumir el poder.

Castelli propuso que el 'pueblo' -habría que determinar a quiénes se consideraba integrantes del 'pueblo'- eligiese una junta de gobierno. Sin embargo cuando se recurrió a esta posibilidad, casi no había personas frente al Cabildo y la pregunta fue: "¿Dónde está el pueblo?".

Saavedra propuso que el nuevo gobierno fuera organizado por el Cabildo, pero esa opción dejaba en mayoría a los españoles leales a Cisneros.

Al final se votó pero los sufragios se contaron el miércoles 23, y se redactó un documento: "hecha la regulación con el más prolijo examen resulta de ella que el Excmo. Señor Virrey debe cesar en el mando y recae éste provisoriamente en el Excmo. Cabildo (…) hasta la erección de una Junta que ha de formar el mismo Excmo. Cabildo, en la manera que estime conveniente”.

Había triunfado la opción de Saavedra.

El jueves 24, el Cabildo designó una junta de gobierno presidida por Cisneros e integrada por los españoles Juan Nepomuceno Solá y José de los Santos Inchaurregui y los criollos Juan José Castelli y Cornelio Saavedra.

Era insostenible porque carecía de apoyo popular. Castelli y Saavedra renunciaron a integrar esta junta.

El coronel Manuel Belgrano lucía impaciente, según escribió Tomás Guido en sus memorias:

En estas circunstancias el señor Don Manuel Belgrano, mayor del regimiento de Patricios, que vestido de uniforme escuchaba la discusión en la sala contigua, reclinado en un sofá, casi postrado por largas vigilias observando la indecisión de sus amigos, púsose de pie súbitamente y a paso acelerado y con el rostro encendido por el fuego de sangre generosa entró al comedor de la casa del señor Rodríguez Peña y lanzando una mirada en derredor de sí, y poniendo la mano derecha sobre la cruz de su espada dijo: «Juro a la patria y a mis compañeros, que si a las tres de la tarde del día inmediato el virrey no hubiese renunciado, a fe de caballero, yo le derribaré con mis armas.» En estas circunstancias el señor Don Manuel Belgrano, mayor del regimiento de Patricios, que vestido de uniforme escuchaba la discusión en la sala contigua, reclinado en un sofá, casi postrado por largas vigilias observando la indecisión de sus amigos, púsose de pie súbitamente y a paso acelerado y con el rostro encendido por el fuego de sangre generosa entró al comedor de la casa del señor Rodríguez Peña y lanzando una mirada en derredor de sí, y poniendo la mano derecha sobre la cruz de su espada dijo: «Juro a la patria y a mis compañeros, que si a las tres de la tarde del día inmediato el virrey no hubiese renunciado, a fe de caballero, yo le derribaré con mis armas.»

Por la noche una delegación encabezada por Castelli y Saavedra se presentó en la casa de Cisneros con cara de pocos amigos y logró su renuncia.

La Junta quedó disuelta y se convocó nuevamente al Cabildo para la mañana siguiente.

Cisneros:

En aquella misma noche, al celebrarse la primera sesión o acta del Gobierno, se me informó por alguno de los vocales que alguna parte del pueblo no estaba satisfecho con que yo obtuviese el mando de las armas, que pedía mi absoluta separación y que todavía permanecía en el peligro de conmoción, como que en el cuartel de Patricios gritaban descaradamente algunos oficiales y paisanos, y esto era lo que llamaban pueblo, (..). Yo no consentí que el gobierno de las armas se entregase como se solicitaba al teniente coronel de Milicias Urbanas Don Cornelio de Saavedra, arrebatándose de las manos de un general que en todo tiempo las habría conservado y defendido con honor y quien V.M las había confiado como a su virrey y capitán general de estas provincias, y antes de condescender con semejante pretensión, convine con todos los vocales en renunciar los empleos y que el cabildo proveyese de gobierno. En aquella misma noche, al celebrarse la primera sesión o acta del Gobierno, se me informó por alguno de los vocales que alguna parte del pueblo no estaba satisfecho con que yo obtuviese el mando de las armas, que pedía mi absoluta separación y que todavía permanecía en el peligro de conmoción, como que en el cuartel de Patricios gritaban descaradamente algunos oficiales y paisanos, y esto era lo que llamaban pueblo, (..). Yo no consentí que el gobierno de las armas se entregase como se solicitaba al teniente coronel de Milicias Urbanas Don Cornelio de Saavedra, arrebatándose de las manos de un general que en todo tiempo las habría conservado y defendido con honor y quien V.M las había confiado como a su virrey y capitán general de estas provincias, y antes de condescender con semejante pretensión, convine con todos los vocales en renunciar los empleos y que el cabildo proveyese de gobierno.

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Cabildo Abierto del 22 de mayo de 1810.

Cabildo Abierto del 22 de mayo de 1810.

El 25 de mayo de 1810

Es cierto que el 25 de mayo de 1810 amaneció lluvioso y frío. Pero ocurrió una nueva convocatoria frente al Cabildo a la espera de definiciones.

Antonio Luis Beruti irrumpió en la sala capitular seguido de algunos 'infernales' y dijo:

Señores del Cabildo: esto ya pasa de juguete; no estamos en circunstancias de que ustedes se burlen de nosotros con sandeces, Si hasta ahora hemos procedido con prudencia, ha sido para evitar desastres y efusión de sangre. El pueblo, en cuyo nombre hablamos, está armado en los cuarteles y una gran parte del vecindario espera en otras partes la voz para venir aquí. ¿Quieren ustedes verlo? Toque la campana y si es que no tiene badajo nosotros tocaremos generala y verán ustedes la cara de ese pueblo, cuya presencia echan de menos. ¡Sí o no! Pronto, señores decirlo ahora mismo, porque no estamos dispuestos a sufrir demoras y engaños; pero, si volvemos con las armas en la mano, no responderemos de nada. Señores del Cabildo: esto ya pasa de juguete; no estamos en circunstancias de que ustedes se burlen de nosotros con sandeces, Si hasta ahora hemos procedido con prudencia, ha sido para evitar desastres y efusión de sangre. El pueblo, en cuyo nombre hablamos, está armado en los cuarteles y una gran parte del vecindario espera en otras partes la voz para venir aquí. ¿Quieren ustedes verlo? Toque la campana y si es que no tiene badajo nosotros tocaremos generala y verán ustedes la cara de ese pueblo, cuya presencia echan de menos. ¡Sí o no! Pronto, señores decirlo ahora mismo, porque no estamos dispuestos a sufrir demoras y engaños; pero, si volvemos con las armas en la mano, no responderemos de nada.

Poco después se anunció finalmente que se había formado una nueva Junta de gobierno, que declaró que gobernaba en nombre de Fernando VII.

Saavedra, años después:

Con las más repetidas instancias, solicité al tiempo del recibimiento se me excuse de aquel nuevo empleo, no sólo por falta de experiencia y de luces para desempeñarlo, sino también porque habiendo dado tan públicamente la cara en la revolución de aquellos días no quería se creyese había tenido particular interés en adquirir empleos y honores por aquel medio. Por política fue preciso cubrir a la junta con el manto del señor Fernando VII a cuyo nombre se estableció y bajo de él expedía sus providencias y mandatos. Con las más repetidas instancias, solicité al tiempo del recibimiento se me excuse de aquel nuevo empleo, no sólo por falta de experiencia y de luces para desempeñarlo, sino también porque habiendo dado tan públicamente la cara en la revolución de aquellos días no quería se creyese había tenido particular interés en adquirir empleos y honores por aquel medio. Por política fue preciso cubrir a la junta con el manto del señor Fernando VII a cuyo nombre se estableció y bajo de él expedía sus providencias y mandatos.

El ex virrey Cisneros y los miembros de la Audiencia trataron de huir a Montevideo y unirse a Elío, quien no acató la autoridad de Buenos Aires, pero fueron arrestados y enviados a España en un buque inglés.

El relato de los acontecimientos del Cabildo a la Junta emergente:

"Después de un largo intervalo de espera, presentaron los individuos arriba citados el escrito que ofrecieron, firmado por un número considerable de vecinos, religiosos, comandantes y oficiales de los cuerpos, vaciando en él las mismas ideas que manifestaron de palabra. Y los Señores les advirtieron, que congregasen al pueblo en la plaza, pues que el Cabildo, para asegurar la resolución, debía oír del mismo pueblo si ratificaba el contenido de aquel escrito. Ofrecieron ejecutarlo así, y se retiraron. Al cabo de un gran rato salió el Exmo. Cabildo al balcón principal, y el caballero Síndico Procurador general, viendo congregado un corto número de gentes con respecto al que se esperaba, inquirió que ¿dónde estaba el pueblo? Y después de varias contestaciones dadas por los que allí se habían personado, y reconvenciones hechas por el caballero Síndico, se oyeron entre aquellas las voces de que, si hasta entonces se había procedido con prudencia porque la ciudad no experimentase desastres, sería ya preciso echar mano de los medios de violencia: que las gentes, por ser hora inoportuna, se habían retirado a sus casas; que se tocase la campana de Cabildo, y que el pueblo se congregase en aquel lugar para satisfacción del Ayuntamiento; y que si por falta del badajo no se hacía uso de la campana, mandarían ellos tocar generala, y que se abriesen los cuarteles, en cuyo caso sufriría la ciudad lo que hasta entonces se había procurado evitar. Y los Señores, viéndose conminados de esta suerte, y con el fin de evitar la menor efusión de sangre, que sería una nota irreparable para un pueblo que tenía dadas tan incontrastables pruebas de su lealtad, nobleza y generosidad, determinaron, que por mí, el actuario, se leyese en altas e inteligibles voces el pedimento presentado, y que los concurrentes expresasen si era aquella su voluntad."

Acta de la instalación de la 1ra. Junta

"En la muy noble y muy leal ciudad de la Santísima Trinidad, Puerto de Santa María de Buenos Aires, a 24 de Mayo de 1810: estando congregados a la hora señalada en su Sala Capitular los Señores del Exmo. Cabildo Gobernador, y colocados bajo de docel, con sitial por delante y en él la imagen del Crucifijo y los Santos Evangelios, comparecieron el Exmo. Sr. Presidente y Señores Vocales electos de la Junta Provisoria Gubernativa, D. Baltazar Hidalgo de Cisneros, D. Cornelio de Saavedra, Dr. D. Juan Nepomuceno de Sola, Dr. D. Juan José, Castelli y D. José Santos de Inchaurregui: ocuparon los respectivos lugares que se les tenían designados, siendo el del Exmo. Sr. Presidente en el cuerpo capitular, a la derecha del Señor Alcalde de primer voto; y este arengó al concurso, que se componía de algunos Señores Ministros de la Real Audiencia, Contadores Mayores, Reverendo Obispo, Ministros de Real Hacienda, Dignidades y Prebendados, Prelados de las religiones, Jefes Comandantes de los cuerpos y empleados; haciéndoles entender el fin de aquella concurrencia, y me ordenó a mí el actuario leyese la acta de elección de la Junta, lo que así verifiqué. Después de esto, los Señores Presidente y Vocales por su orden, hincados de rodillas y poniendo la mano derecha sobre los Santos Evangelios, juraron desempeñar legalmente sus respectivos cargos, conservar íntegros estos dominios al Señor Don Fernando VII y sus legítimos sucesores, y guardar puntualmente las leyes del reino.

Concluida esta ceremonia, dejó el Exmo. Cabildo el lugar que ocupaba bajo de docel, y se colocaron en él los Señores Presidente y Vocales de la Junta: y de allí el Exmo. Señor Presidente dirigió la voz al concurso y al pueblo, incitándoles a la confianza, y manifestándoles que sus ideas y las de la Junta no serían otras que las de propender a la seguridad y conservación de estos dominios, y a mantener el orden, la unión y la tranquilidad pública. Con lo que se concluyó la acta, retirándose los Señores Vocales, por entre un numerosísimo concurso, a la real Fortaleza, con repiques de campanas y salva de artillería en aquella, a donde pasó inmediatamente, el Exmo. Cabildo a cumplimentar a los Señores Vocales. Y lo firmaron, de que doy fe.

Juan José Lezica - Martín Gregorio Yanis - Manuel Mancilla - Manuel José de Ocampo - Juan de Llano - Jaime Nadal y Guarda - Andrés Domínguez - Tomás Manuel de Anchorena - Santiago Gutiérrez - Dr. Julián de Leiva - Baltazar Hidalgo de Cisneros - Cornelio de Saavedra - Dr. Juan Nepomuceno Sola - Dr. Juan José Castelli - José Santos de Inchaurregui - Licenciado, D. Justo José Núñez, Escribano público y de Cabildo."

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Cornelio Saavedra, junto a Juan José Castelli, personaje clave en las negociaciones de mayo de 1810.

Cornelio Saavedra, junto a Juan José Castelli, personaje clave en las negociaciones de mayo de 1810.

Oficio del Cabildo a la Junta

"Exmo. Señor:

«Enterado este Cabildo, por el oficio que V. E. le ha pasado en esta mañana de la dimisión hecha por el Exmo. Sr. D. Baltazar Hidalgo de Cisneros del cargo que se lo confirió de Vocal Presidente de la Junta Provisoria gubernativa, sólo puede contraerse por ahora, con respecto a las apuradas circunstancias y novedades últimamente ocurridas, a suplicar a V. E. se digne mandar suspender la publicación del bando, hasta que por este Cabildo se le informe de sus últimas determinaciones.

Dios guarde a V. E. muchos años. Sala Capitular de Buenos Aires, a las 12 y media de la mañana del día 25 de Mayo de 1810.

Exmo. Señor:

Juan José Lezica - Martín Gregorio Yaniz - Manuel Mancilla - Manuel José de Ocampo - Juan de Llano - Jaime Nadal y Guarda - Andrés Domínguez - Tomás Manuel de Anchorena - Santiago Gutierrez - Dr. Julián de Leiva.

Exmos. Señores Vocales de la Junta Superior de Gobierno».

Después de un largo intervalo de espera, presentaron los individuos arriba citados el escrito que ofrecieron, firmado por un número considerable de vecinos, religiosos, comandantes y oficiales de los cuerpos, vaciando en él las mismas ideas que manifestaron de palabra. Y los Señores les advirtieron, que congregasen al pueblo en la plaza, pues que el Cabildo, para asegurar la resolución, debía oír del mismo pueblo si ratificaba el contenido de aquel escrito. Ofrecieron ejecutarlo así, y se retiraron. Al cabo de un gran rato salió el Exmo. Cabildo al balcón principal, y el caballero Síndico Procurador general, viendo congregado un corto número de gentes con respecto al que se esperaba, inquirió que ¿dónde estaba el pueblo? Y después de varias contestaciones dadas por los que allí se habían personado, y reconvenciones hechas por el caballero Síndico, se oyeron entre aquellas las voces de que, si hasta entonces se había procedido con prudencia porque la ciudad no experimentase desastres, sería ya preciso echar mano de los medios de violencia: que las gentes, por ser hora inoportuna, se habían retirado a sus casas; que se tocase la campana de Cabildo, y que el pueblo se congregase en aquel lugar para satisfacción del Ayuntamiento; y que si por falta del badajo no se hacía uso de la campana, mandarían ellos tocar generala, y que se abriesen los cuarteles, en cuyo caso sufriría la ciudad lo que hasta entonces se había procurado evitar. Y los Señores, viéndose conminados de esta suerte, y con el fin de evitar la menor efusión de sangre, que sería una nota irreparable para un pueblo que tenía dadas tan incontrastables pruebas de su lealtad, nobleza y generosidad, determinaron, que por mí, el actuario, se leyese en altas e inteligibles voces el pedimento presentado, y que los concurrentes expresasen si era aquella su voluntad.

Se leyó el pedimento, y gritaron a una: que aquello era lo que pedían, y lo único que querían se ejecutase. Seguidamente se leyeron varios capítulos que había meditado el Exmo. Cabildo para el caso en que se hiciese lugar a la erección de la nueva Junta.

Primero, que se encargaría a esta celase sobre el orden y la tranquilidad pública, haciéndola responsable en caso contrario: contestaron de conformidad.

Segundo, que el Cabildo velaría sobre la conducta de los Vocales, y los removería siempre que no fuese arreglada: contestaron, que esto debería ser con justificación de causa y conocimiento del pueblo. A que repuso el caballero Síndico, que el Exmo. Cabildo no procedería sin causa y sin manifestarla: y callaron.

Tercero, que la Junta debería nombrar quien ocupase cualquiera vacante por remoción, renuncia, muerte, ausencia o enfermedad: contestaron de acuerdo.

Cuarto, que la Junta no podría imponer pechos, gravámenes y contribuciones al vecindario, sin consulta y consentimiento del Cabildo: contestaron de conformidad.

Con lo que los Señores se retiraron a la Sala, trataron sobre las circunstancias críticas en que se hallaba el Cabildo, precisado a ceder a la violencia y con una precipitación sin término por evitar los tristes efectos de una conmoción declarada y las funestas consecuencias que asoman, tanto por lo que acaba de oírse, como por el hecho notorio de haber sido arrancados hoy públicamente los bandos que se fijaron, relativos a la elección e instalación de la primera Junta: y en vista de todo acordaron, que sin pérdida de instantes se establezca nueva Junta por acta separada y sencilla, eligiéndose para ella de Vocales los mismos individuos que han sido nombrados de palabra, en papeles sueltos, y en el escrito presentado por los que han turnado, la voz del pueblo, archivándose esos papeles y el escrito para constancia en todo tiempo. Que sin pérdida de instantes, en precaución de que sobrevenga la noche, se proceda a la instalación de la Junta, y se publique el bando, sin detenerse en las fórmulas que se observaron para la instalación de la primera, porque estrechan los momentos: citándose únicamente a los Señores Vocales, y a los Ministros, Jefes, Prelados y Comandantes que puedan ser habidos en tan limitado tiempo. Con lo que se concluyó la acta, que firmaron dichos Señores, de que doy fe.

Juan José Lezica - Martín Gregorio Yaniz - Manuel Mancilla - Manuel José de Ocampo - Juan de Llano - Jaime Nadal y Guarda - Andrés Dominguez - Tomás Manuel de Anchorena - Santiago Gutierrez - Dr. Julián de Leiva - Licenciado, D. Justo José Núñez - Escribano público y de Cabildo."

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Pintura de la Primera Junta: en el centro Cornelio Saavedra, entre Manuel Belgrano y Mariano Moreno, por detrás suyo Juan José Paso.

Pintura de la Primera Junta: en el centro Cornelio Saavedra, entre Manuel Belgrano y Mariano Moreno, por detrás suyo Juan José Paso.

Acta del día 25 de mayo

"En la muy noble y muy leal ciudad de la Santísima Trinidad, Puerto de Santa María de Buenos Aires, 25 de Mayo de 1810: los Señores del Exmo. Cabildo, Justicia y Regimiento, a saber, D. Juan José de Lezica y D. Martín Gregorio Yaniz, Alcaldes ordinarios de primero y segundo voto; Regidores D. Manuel Mancilla, Alguacil Mayor, D. Manuel José de Ocampo, D. Juan de Llano, D. Jaime Nadal y Guarda, D. Andrés Dominguez, D. Tomás Manuel de Anchorena, D. Santiago Gutierrez, y el Dr. D. Julián de Leiva, Síndico Procurador general; se enteraron de una representación que han hecho a este Exmo. Cabildo un considerable número de vecinos, los Comandantes y varios oficiales de los cuerpos voluntarios de esta capital, por sí y a nombre del pueblo; en que, indicando haber llegado a entender que la voluntad de este resiste la Junta y Vocales que este Exmo. Ayuntamiento se sirvió erigir y publicar, a consecuencia de las facultades que se le confirieron en el Cabildo Abierto de 22 del corriente; y porque puede, habiendo reasumido la autoridad y facultades que confirió, y mediante la renuncia que ha hecho el Sr. Presidente nombrado y demás Vocales, revocar y dar por de ningún valor la Junta erigida y anunciada con el bando de ayer, 21 del corriente; la revoca y anula: y quiere que este Exmo. Cabildo proceda a hacer nueva elección de Vocales que haya de constituir la Junta de Gobierno; y han de ser, los Señores D. Cornelio de Saavedra, Presidente de dicha Junta, y Comandante general de Armas, el Dr. D. Juan José Castelli, el Dr. D. Belgrano, D, Miguel Azcuenaga, Dr. D. Manuel Alberti, D: Domingo Mateu y D. Juan Larrea, y Secretarios de ella los Doctores, D. Juan José Passo y D. Mariano Moreno, cuya elección se deberá manifestar al pueblo por medio de otro bando público; entendiéndose ella bajo la expresa y precisa condición de que, instalada la Junta, se ha de publicar en el término de quince días una expedición de 500 hombres para auxiliar las provincias interiores del Reino; la cual haya de marchar a la mayor brevedad, costeándote esta con los sueldos del Exmo. Sr. D. Baltazar Hidalgo de Cisneros, Tribunales de la Real Audiencia Pretorial de Cuentas, de la Renta de Tabacos, con lo demás que la Junta tenga por conveniente cercenar: en inteligencia, que los individuos rentados no han de quedar absolutamente incongruos, porque esta es la Manifiesta voluntad del pueblo. Y los Señores, habiendo salido al balcón de estas casas capitulares, y oído que el pueblo ratificó por aclamación el contenido de dicha pedimento o representación, después de haberse leído por mí en altas e inteligibles voces, acordaron: que debían mandar y mandaban, se erigiese una nueva Junta de Gobierno, compuesta de los Señores expresados en la representación de que se ha hecho referencia, y en los mismos términos que de ella aparece, mientras se erige la Junta general del virreinato.

Lo segundo, que los Señores, que forman la precedente corporación, comparezcan sin pérdida de momentos en esta Sala Capitular a prestar el juramento de usar bien y fielmente sus cargos, conservar la integridad de esta parte de los dominios de América a nuestro amado Soberano, el Sr. D. Fernando VII y sus legítimos sucesores, y observar puntualmente las leyes del Reino.

Lo tercero, que luego que los referidos Señores presten el juramento, sean reconocidos por depositarios de la autoridad superior del Virreynato, por todas las corporaciones de esta capital y su vecindario, respetando y obedeciendo todas sus disposiciones, hasta la congregación de la Junta General del Virreynato; bajo las penas que imponen las leyes a los contraventores.

Lo cuarto, que la Junta ha de nombrar quien deba ocupar cualquiera vacante por renuncia, muerte, ausencia, enfermedad o remoción.

Lo quinto, que aunque se halla plenísimamente satisfecho de la honrosa conducta y buen procedimiento de los Señores mencionados, sin embargo, para satisfacción del pueblo, se reserva también estar muy a la mira de sus operaciones, y caso no esperado que faltasen a sus deberes, proceder a la deposición con causa bastante y justificada, reasumiendo el Exmo. Cabildo, para este solo caso, la autoridad que le ha conferido el pueblo.

Lo sexto, que la nueva Junta ha de celar sobre el orden y la tranquilidad pública, y seguridad individual de todos los vecinos, haciéndosele, como desde luego se le hace, responsable de lo contrario. Lo séptimo, que los referidos Señores, que componen la Junta provisoria, queden excluidos de ejercer el poder judiciario, el cual se refundirá en la Real Audiencia, a quien se pasarán todas las causas contenciosas que no sean de gobierno.

Lo octavo, que esta misma Junta ha de publicar todos los días primeros del mes, un estado en que se dé razón de la administración de Real Hacienda.

Lo nono, que no pueda imponer contribuciones, ni gravámenes al pueblo o sus vecinos sin previa consulta y conformidad de este Exmo. Cabildo.

Lo décimo, que los referidos Señores despachen sin pérdida de tiempo órdenes circulares a los Jefes de lo interior y demás a quienes corresponda, encargándoles muy estrechamente, y bajo de responsabilidad, hagan que los respectivos, Cabildos de cada uno convoquen por medio de esquelas la parte principal y más sana del vecindario, para que, formado un Congreso de solos los que en aquella forma hubiesen sido llamados, elijan sus Representantes, y estos hayan de reunirse a la mayor brevedad en esta Capital para establecer la forma de gobierno que se considere más conveniente.

Lo undécimo, que elegido así el Representante de cada ciudad o villa, tanto los electores como los individuos capitulares, le otorguen poder en pública forma, que deberán manifestar cuando concurran a esta Capital, a fin de que se verifique su constancia; jurando en dicho poder no reconocer otro soberano que al Sr. D. Fernando VII y sus legítimos sucesores según el orden establecido por las leyes, y estar subordinado al gobierno que legítimamente les represente. Cuyos capítulos mandan se guarden y cumplan precisa y puntualmente: reservando a la prudencia y discreción de la misma Junta el que tome las medidas más adecuadas para que tenga debido efecto lo determinado en el artículo diez, como también el que designe el tratamiento, honores y distinciones del cuerpo y sus individuos y que para que llegue a noticia de todos, se publique esta acta por bando inmediatamente, fijándose en los lugares acostumbrados. Y lo firmaron, de que doy fe.

Juan José Lezica - Martín Gregorio Yaniz - Manuel Mancilla - Manuel José de Ocampo - Juan de Llano - Jaime Nadal y Guarda - Andrés Domínguez - Tomás Manuel de Anchorena - Santiago Gutiérrez - Dr. Julián Leiva - Licenciado, D. Justo José Nuñez, Escribano público y de Cabildo.

Proclama

La Junta Provisional Gubernativa de la capital del Río de la Plata a los habitantes de ella y de las provincias de su superior mando

Tenéis ya establecida la autoridad que remueve la incertidumbre, de las opiniones y calma todos los recelos. Las aclamaciones generales manifiestan vuestra decidida voluntad; y sólo ella ha podido resolver nuestra timidez a encargarnos del grave empeño a que nos sujeta el honor de la elección. Fijad, pues, vuestra confianza, y aseguraos de nuestras intenciones. Un deseo eficaz, un celo activo, y una contracción viva y asidua a proveer, por todos los medios posibles, la conservación de nuestra, Religión Santa, la observancia de las leyes que nos rigen, la común prosperidad y el sostén de estas posesiones en la más constante fidelidad y adhesión a nuestro muy amado Rey, el Sr. D. Fernando VII y sus legítimos sucesores en la corona de España; ¿no son estos vuestros sentimientos? Esos mismos son los objetos de nuestros conatos. Reposad en nuestro desvelo y fatigas; dejad a nuestro cuidado todo lo que en la causa pública dependa de nuestras facultades y arbitrios, y entregaos a la más estrecha unión y conformidad recíproca en la tierna efusión de estos afectos. Llevad a las Provincias todas de nuestra dependencia, y aun más allá, si puede ser, hasta los últimos términos de la tierra, la persuasión del ejemplo de vuestra cordialidad, y del verdadero interes con que todos debemos cooperar a la consolidación de esta importante obra. Ella afianzará de un modo estable la tranquilidad y bien general a que aspiramos. Real Fortaleza de Buenos Aires, a 26 de Mayo de 1810.

Cornelio de Saavedra - Dr. Juan José Castelli - Manuel Belgrano - Manuel de Azcuénaga - Dr. Manuel Alberti - Domingo Mateu - Juan Larrea - Dr. Juan José Passo, Secretario - Dr. Mariano Moreno, Secretario.

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25 de Mayo, por F. Fortuny.

25 de Mayo, por F. Fortuny.

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