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Tarjetas: El recargo prohibido que muchos comercios realizan

La ley es clara, no debe haber recargos en un solo pago con tarjetas. Descubre qué hacer si te cobran de más y por qué los comercios arriesgan su licencia.

En la actualidad, al momento de realizar una compra, es frecuente que comercios o supermercados intenten imponer una tarifa adicional por el uso de tarjetas de crédito o débito. La controversia surge cuando la transacción se efectúa en una sola cuota. En este contexto, Giovanni Tessaro, quien ocupa el cargo de director en Defensa al Consumidor de la provincia del Chaco, detalló en una entrevista concedida al diario TAG por qué se considera incorrecta esta práctica.

Para entrar en contexto, Tessaro, ha arrojado luz sobre este debate, al poner de manifiesto la existencia de un marco legal diseñado para proteger a los consumidores de estas prácticas comerciales.

"La ley de tarjetas de crédito, en su artículo 37, prohíbe los recargos en pagos al contado y en un solo pago", afirma Tessaro, dejando en claro que el precio exhibido debe mantenerse inalterable, independientemente del método de pago elegido por el cliente. Esta disposición busca garantizar la transparencia en las transacciones y evitar sorpresas al momento de abonar.

No obstante, Tessaro también subraya que: "Se permiten descuentos por pago en efectivo, siempre que la información al consumidor indique claramente el monto original del producto y el descuento aplicable".

El dilema de las tarjetas

A pesar de ello, es esencial destacar que la normativa no se limita a prohibir, también impone obligaciones a los establecimientos comerciales. "La ley 2.380-D establece que los comercios deberán exhibir cartelería indicando que no puede haber recargos en pagos al contado o en un solo pago con tarjeta de crédito", detalló Tessaro, enfatizando la importancia de la información visible para el consumidor.

Las consecuencias de ignorar estas disposiciones pueden ser severas. Teniendo en cuenta que las sanciones oscilan desde multas hasta la revocación de la autorización para operar, dependiendo de la gravedad y recurrencia de las infracciones. Específicamente, la Ley de Defensa al Consumidor 24.240 establece que "la multa mínima es de 0.5 veces la canasta básica hogar 3, establecida por el INDEC, que ronda los 400.000 pesos".

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Ante este panorama, la Dirección de Defensa al Consumidor instó a los ciudadanos a denunciar cualquier irregularidad.

Para facilitar este proceso, habilitó un sistema de denuncias en línea a través de la plataforma tugobiernodigital.com, el cual permite a los consumidores hacer valer sus derechos de manera ágil y efectiva.

Conforme a las indicaciones proporcionadas por Tessaro, los procedimientos para llevarlo a cabo son sumamente sencillos, requiriendo exclusivamente:

  • Descargar la app correspondiente
  • Acceder a la sección "Trámite en línea"
  • Optar por "Reclamo ante la Oficina de Defensa al Consumidor"

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