El día lunes 18 de septiembre, entró en vigencia el programa "Compre sin IVA", un innovador sistema diseñado para restituir el 21% a los consumidores que adquieran productos esenciales, empleando sus tarjetas de débito como método de pago. No obstante, desde su implementación, han surgido diversas cuestiones, siendo una de ellas de mayor relevancia para múltiples usuarios: la ausencia de la esperada devolución.
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IVA no devuelto: Cómo y dónde hacer el reclamo
Recupera el IVA: La guía para reclamar a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) por reintegros no recibidos.
A pesar de que las cifras gubernamentales ratificaron que más de 3,3 millones de individuos experimentó el reintegro correspondiente por sus adquisiciones alimentarias, existen otras voces que alegan haber efectuado compras sin recibir compensación alguna. Motivo por el cual en esta nota detallamos, cómo hacer el reclamo correspondiente ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Conforme con lo expresado por el organismo fiscalizador, en el caso de que las restituciones no sean recibidas, será necesario proseguir con los pasos que se indican a continuación:
- Acceder al portal de la AFIP mediante el uso de la Clave Fiscal y el número de CUIT/CUIL.
- En la categoría Reclamos y Sugerencias, seleccionar la opción "Programa de Asistencia al Ciudadano".
- Rellenar el formulario con los datos personales correspondientes, incluyendo número telefónico y dirección de correo electrónico.
- Exponer con detalle las razones del reclamo, en este contexto, la ausencia de la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Asimismo, existe la opción de presentar la queja telefónicamente, mediante la línea de Atención al Usuario, disponible bajo el número 0800 999 2347.
Ahora bien, la entidad recaudadora de impuestos también hace una aclaración, y manifiesta que se desestimarán los reclamos que:
- Sean presentados sin la documentación necesaria.
- Exhiban información de identificación que sea ficticia o resulte imposible verificar su legitimidad.
- No se evidencie de manera clara la razón detrás del reclamo o sugerencia, y no se establezca un medio de comunicación con el reclamante para aclarar la situación.
- Intenten gestionar acciones, recursos o derechos bajo la apariencia de un reclamo o sugerencia.
- Estén relacionados con la búsqueda de resoluciones de procesos ya en curso, sujetos a plazos específicos, antes de la caducidad de dichos plazos.
- Repitan reclamaciones o sugerencias que ya han sido abordadas.
- No guarden relación con las competencias de la AFIP.
¿A quiénes abarca el programa Compre sin IVA de la AFIP?
- Monotributistas.
- Jubilados y pensionados.
- Beneficiarios de pensiones por fallecimiento y no contributivas nacionales.
- Titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y de las asignaciones por embarazo.
- Trabajadores que cobren hasta $708.000
- Empleados de casas particulares.
Es importante destacar que quedan exentos del sistema de restituciones aquellos individuos que tienen la responsabilidad de abonar el impuesto correspondiente a sus propiedades personales, siempre y cuando esta obligación no se derive únicamente de la posesión de una vivienda única, y los trabajadores autónomos.
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