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FALLO

Duro revés para Milei: La Corte confirmó la cautelar para que se cumpla la ley de financiamiento universitario

La Corte Suprema confirmó la medida de amparo al desestimar un recurso del Gobierno contra la orden que fue ratificada por la Cámara Federal.

La Corte Suprema dejó este jueves en firme la medida cautelar que obliga al Gobierno a cumplir con la ley de financiamiento universitario que el Ejecutivo mantiene en suspenso.

Por unanimidad, el máximo tribunal de justicia del país confirmó la medida al desestimar los recursos del Gobierno contra la orden que fue ratificada por la Cámara Apelaciones.

Aquella decisión se aplicó sobre los artículos de la ley que refieren a la actualización y recomposición de los salarios de docentes y no docentes de universidades nacionales y del monto de becas estudiantiles.

Probablemente anticipándose a este fallo, el Gobierno acordó días atrás con las universidades transferir fondos para un incremento de la masa salarial del 24,33%, una suba del 20% en gastos de funcionamiento y una ampliación de las partidas para hospitales universitarios hasta $50.000.000.000.

Todo se inicia con la ley promovida por la oposición en el Congreso. Una vez sancionada, la misma fue vetada por Javier Milei, quien invocó que la legislación no especificaba el origen de los recursos para financiarla.

Esto derivó en la insistencia del Parlamento, que logró rechazar el veto. Ante esto, el Presidente decidió dejar en suspenso la aplicación de la ley en tanto se definieran los fondos para su puesta en vigencia.

La decisión motivó el pedido ante la justicia del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) de una medida cautelar que garantice el cumplimiento de la ley. Esto fue concedido en primera instancia y ratificada por la Cámara en lo Contencioso Administrativo.

El caso llegó a la Corte Suprema, donde el Gobierno buscó desactivar la cautelar. Pero el máximo tribunal, con la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, rechazó el recurso al considerar que no se produce contra una sentencia definitiva.

El Gobierno además insistió con recusar a los jueces de la primera y segunda instancia al considerarlos os parciales por su condición de docentes universitarios.

La Corte ya había desestimado ese planteo a principios de mes. En el fallo de este jueves, el tribunal remitió a aquella decisión, por lo que "corresponde desestimarlo".

En cuanto a la cautelar, el documento sostiene que "el pronunciamiento que acuerda, deniega, o modifica" la acción de amparo "no reviste carácter de sentencia definitiva o equiparable a tal a los fines del recurso extraordinario".

"Por ello, se desestiman el pedido de excusación y el recurso extraordinario interpuesto por el Estado Nacional", concluyen los jueces.

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