Argentina elige hoy (19/11) en el balotaje a Sergio Massa o a Javier Milei como su próximo presidente de la República. Por eso, es necesario saber cuáles son las diferencias entre el voto afirmativo, en blanco, nulo, impugnado o recurrido, para expresar de la mejor manera nuestra opinión.
PRÓXIMO PRESIDENTE
Balotaje: ¿Voto en blanco, nulo, impugnado o recurrido?
Para este balotaje presidencial entre Javier Milei y Sergio Massa te contamos qué diferencias hay entre el voto en blanco, nulo, impugnado y recurrido.
Votos válidos hay 2:
El primero es el afirmativo, el cual se emite a través de una boleta oficializada. Aunque tenga tachaduras de candidatos, agregados o sustituciones, cuenta como válido.
El segundo es el voto en blanco, el cual consiste en meter un sobre vacío en la urna, o que tenga un papel de cualquier color, sin inscripciones ni imágenes. Este sufragio es válido porque manifiesta la voluntad del elector de abstenerse a elegir entre los candidatos existentes. Representa una forma de expresar la disconformidad con los candidatos y las propuestas de los partidos políticos.
Los votos que no son válidos
El voto nulo no vale y, por lo tanto, no se cuenta en el cómputo. Al voto se lo considera nulo a partir de:
Boletas oficializadas de distintas agrupaciones para un mismo cargo.
Boletas oficializadas de distintas listas de una misma agrupación política para la misma categoría de cargos.
Boletas oficializadas que por estar rotas, defectuosas o tachadas, no tengan el nombre del partido y la categoría de cargos a elegir.
Boletas oficializadas que contengan inscripciones y/o leyendas de cualquier tipo, salvo en los casos de tachaduras, agregados o sustituciones.
Boletas oficializadas que estén acompañadas de objetos extraños en el sobre.
¿Qué es un voto impugnado?
Al voto se lo considera impugnado cuando una autoridad de mesa o fiscal contradice la identidad del elector que emite el voto. Esto puede pasar en 2 ocasiones: cuando se duda de que el votante sea efectivamente el titular del documento cívico que presenta; o cuando se presente un elector que en el padrón se encuentra marcado con gris, indicativo de “ausente por desaparición forzada”.
Los sobre de votos impugnados no deberán abrirse, ni escrutarse en la mesa, sino que se enviarán cerrados a la Justicia Nacional Electoral para que esta entidad decida sobre su validez o nulidad.
¿Qué es un voto recurrido?
El voto recurrido se produce cuando un fiscal cuestiona la validez de un sufragio. El fiscal deberá fundamentar su pedido y dejar constancia de su identidad al realizar el reclamo. Al igual que el voto impugnado, el voto recurrido quedará en manos de la Justicia Electoral, que deberá definir si es válido o nulo.
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