El presidente Javier Milei decretó asueto administrativo para los días 24 y 31 de diciembre de a fin de facilitar los festejos de Navidad y Año Nuevo, pero la medida no alcanza a todos los trabajadores. Además, se ordenó garantizar servicios esenciales.
DECRETO
Asueto el 24 y 31 de diciembre: Servicios esenciales y ¿qué pasa con los privados?
El Gobierno nacional decretó asueto administrativo para los días de Navidad y Año Nuevo, pero aclaró que los servicios esenciales deberán garantizarse.
Navidad y Año Nuevo en casa, para algunos
Mediante el Decreto 1108/2024 publicado este jueves (19/12) en el Boletín Oficial, el Gobierno dispuso el asueto para 24 y 31 de diciembre con el fin de facilitar los preparativos y la celebración de las festividades de Navidad y Año Nuevo, promoviendo además el acercamiento entre familiares que residen lejos.
“Es importante posibilitar el acercamiento de quienes, por diversas causas, se domicilian lejos de sus seres queridos”, dice la medida.
Según los considerandos del decreto, esta disposición también argumenta que la decisión podría impactar favorablemente en el sector turístico del país, que recientemente expresó quejas por los feriados puente retirados por Milei.
Según el decreto, los beneficiarios serán los empleados de la Administración Pública pero los servicios esenciales deberán garantizarse, por lo cual no beneficiará a los trabajadores de las entidades bancarias ni financieras, las que deberán permanecer abiertas en ambas fechas festivas.
Fiestas en libertad y qué pasa en el sector privado
El decreto presidencial de asueto tiene, como dato de color, la impronta de Milei al fundamentar en las atribuciones conferidas por la Constitución Nacional al Presidente, que la iniciativa busca permitir que "todos los argentinos puedan disfrutar de las fiestas en un marco de libertad".
La instrucción para la implementación fue derivada a los distintos organismos estatales para asegurar la continuidad de servicios críticos durante los días señalados.
En cuanto a los trabajadores del sector privado, los empleadores tienen la libertad de decidir si otorgan el día libre a sus empleados, pero en caso de trabajar el 24 y el 31 de diciembre, se aplicará el pago estándar, ya que no son feriados oficiales.
--------------
Más noticias en Urgente24:
CSJN y subrogancias: Consejo de la Magistratura envió 184 ternas y Javier Milei no decide
Avión a 327Km/h cuando debía aterrizar a 240 Km/h: ¿Error voluntario?
Dólar blue, MEP y CCL: Rebote y posible final del carry trade
Ex DT de San Lorenzo y Marcelo Figoli ascienden a club SAD en Uruguay









