La Corte Suprema de Justicia de la Nación anuló todo lo actuado en una causa en donde que le traspasaba había a la comunidad mapuche Millalonco Ranquehue un predio de 180 hectáreas registradas a nombre del Ejército Argentino sobre la ladera oeste del cerro Otto, localidad de San Carlos de Bariloche.
ESCUELA MILITAR DE MONTAÑA
Falló la Corte: Históricas tierras del Ejército no pasarán a los Mapuches
La Corte Suprema anuló el fallo que ordenaba al Ejército entregarle tierras a una comunidad mapuche. Eran de la Escuela Militar de Montaña, cerca de Bariloche.
Era un caso clave en Comodoro Py donde cursaba una causa penal para investigar la responsabilidad de los funcionarios nacionales que no apelaron a tiempo la decisión.
Por qué la decisión de la Corte
El máximo tribuna observó que se omitió dar intervención a la provincia de Río Negro, cuya citación resultaba necesaria para que pudiera ejercer su derecho de defensa en juicio.
De acuerdo con el contenido al que accedió el medio Infobae.com
En ese orden los letrados reconocieron que
Por lo tanto agrega el fallo
Tierras históricas del Ejército
El predio está ubicado en la zona de la ruta provincial 82, entre Virgen de las Nieves y Villa Los Coihues. La superficie pertenece al Ejército Nacional desde 1937.
Sin embargo, las familias de Millalonco Ranquehue aseguran que habitaban este territorio desde fines de siglo XIX, antes de que se establezcan las tropas militares en el lugar.
En 2012
El predio fue reconocido como territorio de los Ranquehue por el Estado Nacional mediante una resolución del INAI del 2012. bajo un espíritu contrario al que predominaba hasta ese año.
La Escuela Militar de Montaña, se fundó fundada en1964 para perfeccionar a las tropas de Montaña del Ejército Argentino, donde capacitan personal apto para patrullar terrenos montañosos, rescatar civiles y militares en las situaciones extremas de la alta y media montaña, y también para el pastoreo del ganado.
El fallo de la Corte
El contenido de los Jueces resalta
Luego reconoce que
El estudio de los autos bajo examen revela una infracción de la magnitud referida, ya que el proceso no fue integrado correctamente. Se omitió dar intervención a la Provincia de Río Negro, cuya citación resultaba necesaria para que pudiera ejercitar su derecho de defensa en juicio y se dictara una sentencia que le fuera oponible y, por lo tanto, resultara útil”, afirmaron los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti.
Finalmente en párrafos explicativos posteriores señalan que "todo lo actuado es nulo"
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