La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció nuevas deducciones y prórrogas que impactarán en el mercado inmobiliario, beneficiando tanto a propietarios como inquilinos. De acuerdo a la Resolución General 5521/2024, publicada en el Boletín Oficial, se aplicará una deducción del Impuesto a las Ganancias del 10% del monto total anual a propietarios e inquilinos que posean inmuebles alquilados como casa-habitación.
PARA CASA HABITACIÓN
A favor del mercado: AFIP reglamentó prórrogas y deducciones. ¿En quiénes impacta?
Era lo que faltaba para mejorar el mercado de alquileres. Alcanza tanto a propietarios, como inquilinos. ¿Qué hizo la AFIP?
El gobierno nacional detalló
La deducción también se incorporó al artículo 85 de la Ley de Impuesto a las Ganancias como incentivo para la locación de inmuebles, prevista en la Ley N° 27.737.
Deducción del impuesto en la AFIP
Para obtener el beneficio, los solicitantes deberán informar el importe de los alquileres del período fiscal 2023 mediante el formulario de declaración jurada F. 572, disponible en el “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SIRADIG) - TRABAJADOR”.
El valor de un departamento de tres ambientes en CABA promedia los $500.000 mensuales mientras que en la provincia de Buenos Aires oscila en $420.000 al mes
Hay que recordar que el monto de los alquileres abonados, fijados en el contrato de locación, esté respaldado por una factura o documento emitido por el locador.
Además, en cada actualización del contrato deberá presentarse una copia en formato PDF ante la AFIP.
Fecha para presentar la declaración jurada
La AFIP extendió el plazo para presentar la declaración jurada informativa y acceder a la deducción de impuesto. El día límite será el 30 de septiembre de 2024.
Antes los solicitantes no podían informar los montos a sus empleadores mediante el formulario web, Con la nueva reglamentación, se podra notificar en la Declaración Jurada anual y, a partir de 2024, realizarlo de forma mensual.
Monotributistas
Los propietarios inscriptos en el Monotributo podrán computar la deducción por Ganancias por alquileres. Será necesario que el monto de los alquileres abonados esté respaldado por una factura o documento equivalente emitido por el locador, según lo estipulado en el contrato de locación.
A todo esto en el primer período fiscal en que se aplique la deducción y con cada renovación del contrato, el empleado enviará una copia del contrato de alquiler en formato PDF a la AFIP a través del servicio “Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SiRADIG) - TRABAJADOR”.
Expertos tributarios consideran que vale aprovechar la deducción, ya que entienden en general que “en el actual contexto económico, cada peso cuenta”, y el descuento “puede marcar una diferencia significativa en la economía de los empleados” que deben abonar Ganancias.
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