CIUDAD DE BUENOS AIRES (Urgente24). La Cancillería informó este martes que entregó a la Embajada de Uruguay en Buenos Aires una nota en la que le "reclama" al vecino país dejar sin efecto la autorización para que la pastera UPM (exBotia) aumente su producción de celulosa.
EL CONFLICTO CON LA EXBOTNIA
Llegó el ultimátum argentino a Uruguay: Marcha atrás o La Haya
La Cancillería remitió una nota a la embajada uruguay en la que le "reclama" al vecino país dar marcha atrás con la autorización a incrementar la producción de la pastera. Le advierte al gobierno de José Mujica, que "de no proceder" de la forma exigida, la Argentina acudirá a la Corte Internacional de Justicia.
15 de octubre de 2013 - 15:13
La nota le advierte al gobierno de José Mujica, que "de no proceder" de la forma exigida, la Argentina acudirá a la Corte de La Haya.
El Gobierno Nacional acusa a Uruguay por una "ruptura unilateral del mecanismo de información y consulta previas" establecidos en el Estatuto del Río Uruguay con su decisión respecto a la papelera.
"El Gobierno argentino lamenta que el Gobierno uruguayo, a pesar de los requerimientos formulados a diferentes niveles y hasta muy recientemente, haya adoptado esta medida", dice el escrito.
Y asegura que dicha "interrupción" constituye "una nueva violación por parte del Uruguay de sus obligaciones que emanan del Estatuto del Río Uruguay y que la Corte Internacional de Justicia tuvo oportunidad de precisar en su fallo del 20 de abril de 2010".
"Dicha autorización se inscribe también en la constatación del incumplimiento por parte de la planta de UPM (ex Botnia) de los standards establecidos pertinentemente y que se verán agravados si la autorización de aumentar la producción se implementara", agrega.
La nota señala que el Gobierno "reclama que, de inmediato, el Gobierno uruguayo deje sin efecto" la autorización de su ministerio de Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y que "produzca la información complementaria pendiente, solicitada reiteradamente por la Delegación argentina ante la Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU), y se atenga al procedimiento de información y consulta previas previsto en los artículos 7 a 12 del Estatuto del Río Uruguay".
Y finaliza: "De no proceder así el Uruguay, la Argentina considerará que la controversia que ha surgido no puede resolverse por la vía de negociaciones y se verá obligada a poner en marcha el procedimiento ante la Corte Internacional de Justicia previsto en el artículo 60 del Estatuto del Río Uruguay".