El Gobierno nacional oficializó la homologación de la declaración de emergencia agropecuaria debido a las inundaciones que afectaron a los partidos de 9 de Julio y Necochea, en la provincia de Buenos Aires. La medida, firmada por el ministro Luis Caputo establece la vigencia del beneficio entre el 1 de mayo y el 31 de octubre de 2026.
AYUDA AL CAMPO
Luis Caputo oficializó la emergencia agropecuaria en 2 partidos bonaerenses
El Gobierno nacional declaró la emergencia agropecuaria firmada por Luis Caputo para asistir a los productores afectados por inundaciones en Buenos Aires.
Dicha determinación se formalizó, a través de la Resolución 1850/2026, casi dos meses después de que el gobierno provincial dictara la declaración inicial y tan solo cinco días antes de que concluya el plazo establecido para su vigencia.
La disposición posibilita que los productores perjudicados por la acumulación de agua accedan a exenciones e incentivos tributarios, así como a esquemas de financiamiento contemplados en la Ley 26.509.
Emergencia agropecuaria en Buenos Aires por inundaciones
La Provincia presentó dicho decreto ante la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios, la cual analizó la situación y recomendó el reconocimiento oficial para brindar asistencia a los damnificados.
De acuerdo con lo explicitado en la normativa publicada en el Boletín Oficial, el alcance territorial de la medida comprende a la totalidad del partido de Nueve de Julio y a las circunscripciones II, III, IV y XII pertenecientes al distrito de Necochea.
El período fijado para la cobertura abarca desde el 1 de mayo hasta el 31 de octubre de 2026.
Para poder acogerse a este esquema de ayuda, los titulares de las explotaciones deberán tramitar y presentar la certificación emitida por la autoridad provincial que compruebe los daños causados por los excesos hídricos en sus predios.
Por su parte, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y las instituciones financieras públicas tendrán a su cargo la implementación de las facilidades y prórrogas detalladas en los artículos 22 y 23 de la mencionada legislación nacional.
El gobierno provincial tiene la responsabilidad de remitir a la Secretaría Técnica Ejecutiva de la Comisión Nacional el listado de productores afectados, acompañado de una copia de los certificados de emergencia emitidos. A su vez, el Ministerio de Economía instruyó al titular de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca a celebrar los convenios y actos necesarios para la correcta ejecución de esta medida.
Impacto productivo y consecuencias por la demora formal
El impacto de las anegaciones resulta de particular gravedad en 9 de Julio, posicionándolo como una de las zonas más damnificadas por el fenómeno climático. A lo largo del año previo, se calculó que cerca de 160.000 hectáreas permanecieron sumergidas, generando graves perjuicios en la capacidad productiva de la región y entorpeciendo de manera significativa el tránsito por las vías rurales de comunicación.
Si bien la convalidación dispuesta por el Estado nacional supone un sostén económico para las explotaciones agrícolas y ganaderas impactadas, los plazos prolongados en su tramitación formal redujeron la validez legal del beneficio a tan solo cinco jornadas previas a su vencimiento, en un contexto regional donde la acumulación de agua continúa entorpeciendo el normal desenvolvimiento de las labores del campo.
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