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RECURSO DE FIDULAC

Historia sin fin: La justicia suspendió la ejecución de los activos de SanCor

La justicia hizo lugar al recurso presentado por FIDULAC concedió la apelación con efecto suspensivo y dejó sin efecto la ejecución.

La sala II de la Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de la Quinta Circunscripción Judicial hizo lugar al recurso de queja presentado ante la justicia por FIDULAC, concedió la apelación con efecto suspensivo y dejó en espera los efectos de la resolución que había aprobado el pliego de bases y condiciones para la venta de los activos productivos de SanCor Cooperativas Unidas Limitada, por lo que quedó paralizado el proceso licitatorio.

La resolución de primera instancia, dictada el 11 de junio, aprobó el pliego de bases y condiciones, fijó los valores base de los lotes y autorizó el cronograma de venta de los activos de la cooperativa en concurso.

SanCor no termina de resolver su situación frente los acreedores. Otra postergación de la justicia

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Al resolver el recurso, la Cámara sostuvo que el juez de primera instancia incurrió en un "exceso de rigor formal" al declarar inexistente la impugnación presentada por FIDULAC S.A. debido a un cuestionamiento sobre la firma electrónica del escrito.

Los camaristas señalaron que la utilización de la plataforma DocuSign constituye una firma electrónica reconocida por la legislación vigente y remarcaron que no existía motivo para desconocer de oficio su validez.

¿Qué considero la justicia?

El tribunal consideró que la aprobación del pliego y el inicio del cronograma de liquidación representan una resolución de trascendental importancia, ya que fijan los valores y el mecanismo de liquidación de los activos, con consecuencias potencialmente irreversibles para el proceso concursal y la continuidad de la empresa.

Según pudo saber la Agencia Noticias Argentinas del texto completo de la resolución, la Cámara resolvió hacer lugar al recurso de queja, conceder la apelación y el planteo de nulidad con efecto suspensivo, además de ordenar la elevación del expediente principal para su tratamiento.

La decisión implica que quedan suspendidos los efectos de la resolución dictada el 11 de junio, incluida la aprobación del pliego de bases y condiciones y del cronograma de la licitación, hasta que la Cámara resuelva el fondo de la apelación.

Por lo tanto, de ahora en más habrá que esperar las respuestas para levantar suspensión.

Recordemos que la quiebra de SanCor se dictó el 22 de abril de 2026, por decisión del Juez Marcelo Gelcich, quien la definió como una "quiebra indirecta por frustración anticipada y expresamente reconocida del trámite preventivo".

La entidad arrastra un pasivo superior a los US$120 millones y cerca de 300 solicitudes de quiebra. De las 14 plantas que operó históricamente, solo conserva seis con niveles mínimos de producción.

A pesar del freno legal, persisten empresas lácteas interesadas que ya vigilaban la situación desde el 2025:

* Savencia (propietaria de Milkaut)

* Adecoagro (titular de Las Tres Niñas)

* Punta del Agua

* Elcor (dueña de La Tonadita)

* La Tarantela

* Fidulac (Grupo Scaglione)

En el plano laboral, se oficializó la desvinculación de 736 trabajadores sobre un total de 914 que quedaban al comenzar el proceso. Los 178 empleados restantes permanecen en sus puestos gracias a un pacto entre el sindicato lácteo (ATILRA) y el juzgado para dar continuidad operativa a las seis fábricas que continúan en actividad de forma precaria.

Crónica de una liquidación empantanada

El proceso de liquidación de SanCor se encuentra en un estado de parálisis absoluta debido a una profunda bifurcación de intereses y criterios jurídicos, tal como publicamos en párrafos anteriores.

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FUENTE: Redacción Urgente24 Agencia NA