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VTV sin costo: Los requisitos que debes cumplir para no pagar por este trámite

La normativa vigente contempla ciertas exenciones para el pago de la Verificación Técnica Vehicular (VTV). Cuáles son y quiénes califican.

Los propietarios de vehículos, ya sean automóviles o motos, son conscientes que hay diversos gastos, como el seguro, la patente, el combustible y la Verificación Técnica Vehicular (VTV) que deben costear. Sin embargo, hay quienes no pagan esta última, siempre y cuando cumplan con ciertos requisitos.

Según lo detallado en la página del Gobierno de la Ciudad, la Verificación Técnica Vehicular, posibilita la evaluación exhaustiva del estado de los vehículos, con el fin de reducir los accidentes de tráfico derivados de fallos mecánicos.

Por lo que, garantizar que todos los vehículos que transitan por las vías de Buenos Aires se encuentren en condiciones óptimas, es su principal objetivo.

No obstante, resulta crucial tener en cuenta que la VTV es requerida para todos los vehículos particulares, ya sean automóviles o motocicletas, domiciliados en la Ciudad de Buenos Aires después de cumplir cuatro años desde su fecha de registro o superar los 64 mil kilómetros de recorrido, lo que ocurra primero.

Además de este otro conjunto de personas que detallamos a continuación.

Qué pautas hay que seguir para obtener la VTV gratis

Conforme al apartado disponible en www.buenosaires.gob.ar, aquellos exentos de abonar la verificación son:

  • Personas jubiladas, pensionadas y mayores de 65 años que sean titulares de un vehículo y perciban hasta dos haberes mínimos jubilatorios.
  • Individuos con discapacidad que sean titulares de vehículos.
  • Personas con discapacidad que no sean titulares del vehículo (padres, tutores, descendientes, cónyuges, convivientes).
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Sin embargo, para acceder a esta verificación gratuita, el individuo debe cumplir con una serie de requerimientos. Por ejemplo, en el caso de los jubilados, pensionados y personas mayores de 65 años, se requiere que envíen la fotocopia de la cédula verde (ambas caras), título del vehículo, fotocopia del DNI (ambas caras) y comprobante de haberes, indicando el mes y año de patentamiento del vehículo, así como el kilometraje, a la dirección de correo electrónico: [email protected].

Mientras que, en lo que respecta a las personas con discapacidad que son propietarios de vehículos, se les solicita la misma documentación, con la adición de la Fotocopia del Certificado Único de Discapacidad.

En tanto que, para las personas con discapacidad que no figuran como propietarias del automotor (padres, tutores, descendientes, cónyuges, convivientes), el gobierno, establece las siguientes exigencias:

Padres:

  • Frente y dorso cédula verde
  • Título del vehículo
  • Partida de nacimiento del titular del CUD
  • Certificado Único de Discapacidad
  • Frente y dorso del DNI del solicitante

Tutores:

  • Frente y dorso cédula verde
  • Título del vehículo
  • Certificado Único de Discapacidad
  • Documento que acredite el otorgamiento de la tutela
  • Frente y dorso del DNI del titular del CUD
  • Frente y dorso del DNI del solicitante

Descendientes:

  • Frente y dorso cédula verde
  • Título del vehículo
  • Certificado Único de Discapacidad
  • Partida de nacimiento del hijo del titular del CUD
  • Frente y dorso del DNI del titular del CUD
  • Frente y dorso del DNI del solicitante

Cónyuges:

  • Frente y dorso cédula verde
  • Título del vehículo
  • Certificado Único de Discapacidad
  • Certificado de matrimonio
  • Frente y dorso del DNI del titular del CUD
  • Frente y dorso del DNI del solicitante

Convivientes:

  • Frente y dorso cédula verde
  • Título del vehículo
  • Certificado Único de Discapacidad
  • Certificado de convivencia (debe poseer mínimo 2 años de convivencia)
  • Frente y dorso del DNI del titular del CUD
  • Frente y dorso del DNI del solicitante

Manteniendo presente que estas bonificaciones son válidas siempre y cuando la documentación se remita dentro del plazo fijado en el calendario de vencimientos de la ley, según el último dígito de la matrícula del vehículo.

Es decir, si la placa de tu automotor termina en 3, los documentos deben enviarse durante el mes de marzo de 2024.

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