JUSTICIA

DURO REVÉS

El juez Gallardo suspendió a Glovo, Rappi y Pedidos Ya (hay multas y operativos policiales)

El titular del Juzgado de Feria en lo Contencioso Administrativo y Tributario N° 2, Andrés Gallardo, suspendió el funcionamiento de Rappi, Glovo y Pedidos Ya hasta tanto no regularicen y equipen a sus empleados. El magistrado dispuso operativos policiales en esquinas de Palermo y Las Cañitas, más allá de que la prohibición rige en toda la Ciudad. En caso de incumplimiento decomisará los envíos y sancionará económicamente a las empresas. También ordenó a Visa, Mastercard y otras que bloqueen las operaciones de estas aplicaciones.

La Justicia porteña suspendió el funcionamiento de Rappi, Glovo y Pedidos Ya hasta tanto no regularicen y equipen a sus empleados. En caso de incumplimiento decomisará los envíos y sancionará a las empresas, que deberán pagar 10 mil pesos por cada pedido que entreguen.

Se trata de una resolución del magistrado Roberto Gallardo, que se apoya en un fallo previo de la Cámara de Apelaciones que exigía la inscripción de los trabajadores en el registro porteño y la obligación de que los repartidores utilizaran una indumentaria adecuada.

Gallardo destacó que existe un "palmario incumplimiento de la normativa de orden público vigente en la materia y de la orden emitida por la Cámara de Apelaciones del fuero (...) en la que incurren" el gobierno porteño y "las empresas prestatarias".

Para hacer efectiva la medida el juez dispuso operativos policiales en esquinas de Palermo y Las Cañitas, más allá de que la prohibición rige en toda la ciudad de Buenos Aires.

Además, Gallardo ordenó también a las empresas Visa Argentina S.A., Mastercard Cono Sur S.R.L., Tarjeta Naranja S.A. y American Express Agentina S.A. que dispongan la inmediata suspensión y bloqueo de las operaciones que por su conducto efectúen las empresas Rappi Arg. S.A.S., Kadavra S.A.S. (Glovo) y Repartos Ya S.A. (Pedidos Ya), en la Ciudad de Buenos Aires.

Requirió además a las tres empresas de delivery que presenten en el plazo de 2 días la nómina del personal afectado al servicio de reparto de mercaderías, acreditando su correcta registración en cumplimiento de las normas laborales y previsionales, y haber entregado a cada conductor bajo su exclusiva cuenta y cargo: casco e indumentaria-con bandas reflectivas reglamentaria, caja portaobjetos reglamentaria con sistema de ajuste al vehículo, comprobante de póliza de seguros personales y de riesgos del trabajo vigentes y copia de las libretas sanitarias. Y completó que una vez cumplido lo requerido, se decidirá acerca de la rehabilitación de su funcionamiento provisional.

Las medidas habían sido reclamadas por la Asociación Sindical de Motciclistas Mensajeros y Servicios (ASIMM). El sindicato recordó el caso de un repartidor que sufrió un accidente y desde la empresa "se limitó a preguntarle sobre el estado del pedido", según informó el sitio IJudicial.

Para ASIMM los accidentes sucedidos "no se deben a las impericias de los trabajadores al conducir sino que obedecen a las precarizadoras prácticas de las empresas de mensajerías digitales".

Cabe recordar que en abril pasado el mismo juez había ordenado al Gobierno de la Ciudad que prohíba la actividad de las firmas Rappi Argentina, Kadabra (Glovo) y Pedidos Ya, hasta tanto acrediten haber dado cumplimiento a los mínimos requisitos legales comprendidos en el capítulo 13 del Código de Tránsito y Transporte porteño (ver nota relacionada).

 

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