EL BONAERENSE

PERONISMO BONAERENSE

Previsible revés para Gray y guiño a Máximo K: Ramos Padilla avaló las internas del PJ

El flamante juez federal de La Plata con competencia electoral Alejo Ramos Padilla, rechazó la cautelar presentada por el intendente de Esteban Echeverría, Fernando Gray, para suspender el adelantamiento de las elecciones internas del Partido Justicialista de la provincia de Buenos Aires, donde se pretende encumbrar a Máximo Kirchner. Es una de las primeras medidas de Ramos Padilla en el juzgado que asumió gracias al impulso y los votos del kirchnerismo en el Senado.

Como habíamos advertido en Urgente24, el flamante juez federal de La Plata con competencia electoral impulsado por el kirchnerismo, Alejo Ramos Padilla, falló en contra del intendente de Esteban Echeverría, Fernando Gray, que pretendía suspender el adelantamiento de las internas del PJ bonaerense donde se pretende encumbrar a Máximo Kirchner.

El intendente había argumentado que la reunión del Consejo Provincial del Partido Justicialista de la Provincia de Buenos Aires del 27 de febrero de 2021, “no había sido convocada mediante medios fehacientes y formales, donde se pueda acreditar en debida forma el Consejero destinatario y la fecha de la notificación" y recordó que tiene mandato hasta diciembre de 2021.

Según Ámbito Financiero, el juez sostuvo que la "medida cautelar tendiente a suspender sus efectos, sólo corresponde, por principio, en aquellos supuestos en los que se verifique palmariamente una ilegalidad manifiesta".

Además, consideró en su resolución que la actora no logró demostrar los requisitos indispensables para el otorgamiento de la medida cautelar de no innovar solicitada, particularmente, los supuestos de verosimilitud del derecho y peligro en la demora.

Según indica el fallo citado por El Destape, Gray planteó: “conforme a trascendidos el temario a tratar en el orden del día habría sido un Homenaje a Néstor Kirchner, y la convocatoria a elecciones partidarias internas del Consejo de la Provincia de Buenos Aires”.

Además agregó que “no estaban dadas las condiciones para debatir debidamente un tema de tal trascendencia institucional como lo era la convocatoria a elecciones internas partidarias y que, hubiera ameritado convocarse a una reunión presencial o a una nueva reunión remota en donde se respetara el procedimiento oportunamente aprobado y convalidado por la justicia electoral”.

Ramos Padillo también dijo que Gray, “no menciona el o los derechos que le habrían sido vulnerados con la convocatoria a elecciones partidarias”, así como tampoco “aclara si tomó o no conocimiento de la notificación en la que se lo citaba a la reunión del órgano partidario, ni expresa los impedimentos puntuales que pudo haber tenido para acceder a la misma y eventualmente exponer allí sus reparos a la decisión partidaria que ahora impugna”.

El magistrado indicó que “solo menciona, a lo largo de su escrito, de forma genérica, que ‘dos consejeros no pudieron acceder’, que ‘hubo consejeros que no pudieron validar debidamente su identidad’, o que ‘hubo otros que no pudieron manifestar su voto a pesar de figurar como  conectados a la plataforma zoom’, sin individualización alguna de los supuestos ‘afectados’”.

Tampoco “logra acreditar manifiestamente el perjuicio concreto que le provocaría, en sus derechos como afiliado y autoridad partidaria, la continuidad del proceso electoral que reclama suspender, más allá del eventual riesgo sanitario para la movilidad o reunión de personas que, en todo caso, al igual que el resto de sus planteos, habrá de ser analizado al momento de dictarse sentencia definitiva”.