Constitucionalistas critican las facultades otorgadas a la Policía Federal: "Esto es Venezuela"
Siguen las repercusiones por los cambios que implementaron Javier Milei / Patricia Bullrich en la Policía Federal. Varios abogados constitucionalistas coincidieron en cuestionar estas nuevas facultades para la PFA.
Para Andrés Gil Domínguez, la norma es inconstitucional. “El Decreto Delegado 383/2025 mediante el cual se aprueba el Estatuto de la Policía Federal es nulo de nulidad absoluta por desconocer las bases de delegación establecidas por la ley 27.742 [Ley Bases]”, aseguró el abogado constitucionalista. “Mediante la sanción de dicha norma, el Congreso sólo habilitó la colegislación a efectos de reorganizar o reestructurar órganos de la administración central, pero bajo ningún punto de vista autorizó al PEN a dictar normas generales restrictivas de los derechos de las personas”, publicó.
Y fue más allá: “Pasar de un decreto/ley de una dictadura a un decreto delegado de esta naturaleza es toda una declaración de identidad autoritaria y antidemocrática del presente gobierno”. Y advirtió que la PFA podría convertirse en “una suerte de inteligencia aislada del sistema de inteligencia formal”. “Esto es Venezuela”.
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Por su parte, el presidente del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal, Ricardo Gil Lavedra, también expresó reparos sobre el alcance del decreto y aunque reconoció que se apoya en la Ley Bases, consideró que “es dudoso que esto sea una reorganización de dependencias administrativas, que es lo que permite la Ley Bases”, y que en realidad, “al amparo de este permiso, avanzan más allá”.
“Los puntos que me parecen complicados son: ¿qué significa la prevención en los medios digitales? Dice que se protegen la libertad de género y la libertad de expresión, pero están patrullando las redes”, señaló. También criticó la posibilidad de detenciones por averiguación de identidad: “Se parece a las viejas detenciones por antecedentes, cuando la persona está en actitud sospechosa. Es una habilitación para detenciones que pueden ser arbitrarias”.
Respecto de la función de “registrar y calificar a las personas” sospechadas de ciertas actividades, Gil Lavedra fue contundente: “¿Qué es esto? ¿Un registro de piqueteros? ¿De vendedores ambulantes? Me parece un paso atrás ”. Definió la reforma como “ una restricción en materia de derechos” y sostuvo que “se otorgan facultades a la policía muy opinables jurídicamente que restringen derechos indebidamente”.
El constitucionalista Daniel Sabsay coincidió con los cuestionamientos jurídicos, aunque evaluó positivamente el objetivo de reorganizar la PFA. “Lo primero que observé es que no se puede hacer por decreto, tiene que ser necesariamente por ley, porque es un tema absolutamente ligado a lo penal”, explicó. Según dijo, tanto las materias penales como fiscales “requieren, por nuestra Constitución, principio de legalidad”.
Sabsay celebró la idea de un rediseño de la fuerza: “Me parece muy bien este reordenamiento. Es cierto que la Policía de la Ciudad ya está cumpliendo lo que hacía como policía local la Policía Federal. También es interesante que se cree una suerte de FBI argentino”. No obstante, volvió a marcar un límite: “Siempre que eso no sea utilizado para espiar a los adversarios y meterse en sus redes. Aparentemente estarían dadas todas las seguridades de que no, pero estamos en Argentina, ¿no es cierto?”
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