La Anses recordó que los beneficiarios de jubilaciones y pensiones podrán tener apoderados para realizar sus trámites y cobros.
ANSES
Trámites más ágiles para jubilados y pensionados
Los beneficiarios podrán nombrar apoderados en las oficinas de la Anses sin turno previo siempre que la persona a designar sea un familiar, sino, deberán obtener fecha y hora desde la web del organismo o comunicándose al 130.
28 de enero de 2020 - 20:41
La gestión se efectúa en las oficinas del organismo sin turno previo si la persona a designar es un familiar; caso contrario, deberá obtenerse fecha y hora desde www.anses.gob.ar o llamando al 130.
Se podrán nombrar a familiares, tutores o curadores, abogados o procuradores, en los últimos casos por medio de poder ante escribano público.
En el caso de personas, no jurídicas, deberán presentarse en la oficina de la Anses y completar juntos la carta poder, luego certificarla en el organismo.
Si se tratara de representantes diplomáticos o consulares podrán autorizar a entidades bancarias verificadas por la administración.








