- Luego de venir dando de palos y palos a los contribuyentes, parece ser que la AFIP empezó a escuchar el clamor de la sociedad y de los medios de comunicación en lo que al pago de impuestos se refiere. ¿Por qué lo digo? Como ya todos sabemos el pasado viernes, la AFIP y el Ministerio de Producción anunciaron nuevas medidas para facilitar el cumplimiento voluntario de aquellos contribuyentes que tienen un mal comportamiento fiscal.
- Cuidado: quienes afirman que la reciente resolución del Gobierno Nacional que dispuso la tributación del Impuesto a las Ganancias de las indemnizaciones por despidos a salarios, deberían contemplar que hay un concepto en debate, mucho más que un importe. El importe siempre se puede modificar a partir de la instalación de un concepto. Precisamente, hay que debatir el concepto del Ejecutivo Nacional, desesperado por recaudar más en un contexto de intensa estanflación casi depresión.
- La Resolución General N°4.328 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicada en el Boletín Oficial enuncia la prórroga hasta fin de año de la “posibilidad” que los deudores morosos del impuesto a las Ganancias, Bienes Personales y Seguridad Social se adhieran al nuevo "Plan Puente II", modificando la Resolución N°4.289 del 30/06. Aquí algunas observaciones:
- Durante el mes anterior el desempleo creció 0.7%, y se perdieron, en los últimos 30 días, más de 30.000 puestos de trabajo genuino. Además, las empresas no quieren contratar personal porque temen que les incremente el pasivo a causa del alto impuesto al trabajo y la presión tributaria en general. Comienza a bajar la recaudación por cargas sociales. No es un tema menor: ellas financian el Sistema Integrado de Jubilación y Pensiones (21.17%); Obra Sociales (9%); el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (4.5%); las asignaciones familiares de ANSeS (4.44%), el Fondo Nacional de Empleo (0.89%) y las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo. Y todo este financiamiento depende del sector privado.
- Corresponde aplicar el Índice de Salarios Básicos de la Industria de la Construcción (ISBIC) como pauta de movilidad para la determinación del primer haber jubilatorio, dado que del índice de “Remuneración Promedio de los Trabajadores Estables” (RIPTE), solo corresponde si el jubilado hubiera adherido al Programa de Reparación Histórica dispuesto por la ley 27260, y suscripto el Acuerdo transaccional que ella reglamenta.
- El problema es doble: el gasto público tan voluminoso que precisa financiarse con tributos, y las dificultades para recaudar con tan profunda estanflación casi depresión. Entonces la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos), refuerza su presión para presionar a los contribuyentes en nombre de un Estado que no le devuelve casi nada a sus ciudadanos. Aquí la más reciente idea del organismo recaudador.
- Se estima que 40% de la población está en clandestinidad laboral. La desocupación se posiciona en 10.2% y los índices de recaudación nacional en materia de cargas sociales reflejan una clara baja en los meses de agosto y septiembre, afirma el presidente de la Asociación de Profesionales Representantes de Emprendedores y Empresarios Afines.
- Reclamo del autor: "(...) es necesario, a consecuencia de esta batería de fallos, repensar el derecho sindical, especialmente, el modelo, el derecho de huelga, la personería gremial de los sindicatos y gremios, y el ropaje de tutela sindical, así como se está debatiendo en la Justicia Laboral y los congresos doctrinarios, para no dejar vacíos desprovistos de derechos y garantías constitucionales."
- ¿Hasta dónde se extiende la protección de la actividad sindical? La llamada "tutela sindical" es una institución que tiene como finalidad la protección de los representantes gremiales en el desempeño de sus funciones. Un reciente Fallo de la CSJN (“Varela Jose c/ Disco SA s/ Amparo Sindical), se refirió al tema, y el abogado Juan Pablo Chiesa lo evaluó en profundidad:
- La Secretaría de Trabajo de la Nación recibió el pedido para inscribir a la Asociación de Personal de Plataformas (APP), al que llaman como "primer" sindicato para trabajadores de aplicaciones. Los "bicicleteros" de Rappi y Glovo quieren unir a los choferes de Uber para denunciar precarización laboral en estas empresas. Sin embargo, ya existen dos sindicatos que representan a los repartidores (que andan en bicicleta o moto) de mensajería o comida y la polémica continúa.









