Registro para el Regreso al Domicilio Habitual en Provincia de Buenos Aires, para que puedan regresar a su casa aquellas personas que quedaron cumpliendo las medidas de aislamiento social preventivo en otro lugar.
CORREDOR VIAL 8 A NACIÓN
Certificado para Regreso al Domicilio Habitual en Buenos Aires y ANSeS paga IFE al N°9
Registro para el Regreso al Domicilio Habitual en Provincia de Buenos Aires, para regresar a su casa aquellas personas que quedaron cumpliendo las medidas de aislamiento social preventivo en otro lugar. ANSeS informa que, hoy martes 05/05, se les acreditarán los $10.000 del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) a las personas cuyo documento finaliza en 9. El Estado Nacional asumió la gestión del Corredor Vial Nº 8.
ARTÍCULO 1°. Crear, en la órbita del Ministerio de Gobierno, el 'Registro para el Regreso al Domicilio Habitual', en los términos de la Resolución Conjunta N° 3/2020 de los Ministerios del Interior y de Transporte de la Nación.
ARTÍCULO 2°. El Ministerio de Gobierno, a través de sus áreas competentes, organizará la apertura y administración del registro creado por el artículo 1°, y determinará el procedimiento de inscripción.
ARTÍCULO 3°. Facultar a la Ministra Secretaria en el Departamento de Gobierno a prestar conformidad o desestimar, en los términos de lo dispuesto en el Anexo I de la Resolución Conjunta N° 3/2020 de los Ministerios del Interior y de Transporte de la Nación, las solicitudes de traslado excepcional que realicen las personas, a través del registro creado por el presente decreto.
ARTÍCULO 4°. Delegar en la Ministra de Gobierno la comunicación a la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación de las conformidades que preste para el desplazamiento excepcional y la solicitud de la emisión del “Certificado para el Regreso al Domicilio Habitual”.
ARTÍCULO 5°. Establecer que el Ministerio de Gobierno, a partir del momento que sea informado por la autoridad nacional, comunicará:
(I) el “Certificado para el Regreso al Domicilio Habitual” al interesado y al/la Intendente/a del Municipio de la provincia de Buenos Aires donde el/la solicitante tenga su residencia habitual; y
(II) la autorización para el ingreso de vehículos para el traslado a la residencia habitual, al/la Intendente/a del Municipio de la provincia Buenos Aires donde el/la solicitante se encuentre cumpliendo la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio.
En todos los casos, se deberán observar las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias y de seguridad establecidas en el marco de la emergencia extendida por el Decreto N° 260/20 y sus modificatorios.
ARTÍCULO 6°. La falsedad de datos en la tramitación de la declaración jurada “Certificado para el Regreso al Domicilio Habitual” dará lugar a la aplicación de las sanciones administrativas que resulten pertinentes, sin perjuicio de las denuncias penales que correspondan efectuar para determinar la eventual comisión de delitos de acción pública.
ARTÍCULO 7°. Facultar a la Ministra Secretaria en el Departamento de Gobierno a dictar las normas aclaratorias, interpretativas y complementarias que resulten necesarias; y a suscribir y aprobar acuerdos de colaboración con las demás jurisdicciones involucradas para facilitar los traslados de las/los solicitantes.
ARTÍCULO 8°. La presente medida entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 9°. El presente decreto será refrendado por las/os Ministras/os Secretarias/os en los Departamentos de Gobierno y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 10. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar a los Municipios, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
ANSeS como actividad esencial
La directora ejecutiva de la Administración Nacional de Seguridad Social, Fernanda Raverta, decidió reanudar los trámites principales que brinda el organismo a la ciudadanía declarándolo actividad esencial.
Las Unidades de Atención Integral (UDAI) seguirán cerradas para la atención al público hasta definir el protocolo sanitario de apertura.
De esta manera, las oficinas de ANSeS funcionarán a puertas cerradas para realizar los trámites, que ingresan por Atención Virtual, entre otros:
-Solicitar la rehabilitación del cobro de una jubilación o pensión.
-Reclamar un haber no cobrado de una jubilación o pensión.
-Iniciar el trámite de la Asignación por Maternidad.
-Iniciar el trámite de la Asignación por Hijo por Discapacidad.
El funcionamiento de esta nueva modalidad será una combinación de algunas oficinas procesando información a puertas cerradas y en el mediano plazo la apertura con un sistema de turnos como se está realizando en las entidades bancarias.
ANSeS coordinará con los gobernadores e intendentes teniendo en cuenta la situación sanitaria de cada provincia y localidad.
A su vez, el organismo previsional informa que, hoy martes 05/05, se les acreditarán los $10.000 del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) a las personas cuyo documento finaliza en 9, se inscribieron entre el 27 y 31 de marzo y seleccionaron la opción de cobro por CBU del 11 al 15 de abril pasados.
Este ingreso excepcional deberá ser retirado -tal como se hace habitualmente- de los cajeros automáticos utilizando la tarjeta de débito.
Titulares de Pensiones No Contributivas (PNC)
Asimismo, las sucursales bancarias habilitadas atenderán por ventanilla exclusivamente los pagos correspondientes al mes de mayo para los titulares de Pensiones No Contributivas (PNC) con documentos terminados en 2 y 3.
Cabe destacar que, si bien los jubilados y pensionados no tienen que solicitar turno previo para el cobro del beneficio de jubilación o pensión, deben acercarse a la sucursal bancaria únicamente en las fechas asignadas; asimismo, los haberes permanecerán en las cuentas de los titulares.
En este sentido, desde el 01/03, ANSeS dispuso la suspensión del trámite de Fe de Vida / Supervivencia por lo que no es necesario concurrir a los bancos para realizarlo.
Corredor Vial Nº 8
A partir del 01/05, la Dirección Nacional de Vialidad, a través de Corredores Viales S.A, administra el corredor que abarca las provincias de Buenos Aires, Santa Fe, Córdoba y San Luis.
Desde el 1° de mayo, la Dirección Nacional de Vialidad, a través de la empresa Corredores Viales S.A., asumió la gestión del Corredor Vial Nº 8, que tiene una extensión total de 687,95 km.
Este corredor, que hasta el 30/04 era gestionado por la empresa Corredor Central S.A, comienza en la Ruta Nacional Nº 8, desde Buenos Aires hasta San Luis, pasando por Santa Fe y Córdoba y ciertos tramos de la Ruta Nacional Nº 36 y de la Nº A-005 de Río Cuarto, Córdoba.
Además, cuenta con 4 estaciones de peaje en Larena, Solís (Bs. As.), Venado Tuerto (Santa Fe) y Sampacho (Córdoba), y durante el año 2019, circularon 14.047.123 vehículos en total.
Asimismo, sigue vigente la suspensión del cobro de las tarifas de peaje en las rutas nacionales y los accesos Norte, Oeste y Riccheri a la Ciudad de Buenos Aires, en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio dictado por el Gobierno Nacional.
Este corredor se suma al Corredor Nº 3, Nº 2 y Nº 6 que ya fueron incorporados a la gestión pública. Desde el 1 de junio, se retomará el control del Corredor Vial N° 4, que pasa por Córdoba y Santa Fe.
El Ministerio de Obras Públicas asumió el compromiso de brindar una mayor calidad de servicio y recuperar el rol central de la Dirección Nacional de Vialidad en la gestión eficiente de las rutas y autovías de todo el territorio nacional.










