Marcos Galperín posteó contra la clausura de centros de distribución de Mercado Libre en el Municipio de La Matanza (Provincia de Buenos Aires). Y contra el peronismo, que gestiona el territorio: "El Peronismo, 80 años combatiendo al capital y generando pobreza. (...) En La Matanza sobra el empleo, la seguridad y el bienestar así que combaten las nuevas inversiones y empleos. Tenemos más de 20 centros de distribución en toda América, solo en La Matanza nos los clausuran”. Ex Jefe de Gabinete de La Matanza, Topo Rodríguez, describió el problema de Galperín.
CONTROVERSIAS
Mercado Central: Marcos Galperín debió consultar al Topo Rodríguez
Enojo de Marcos Galperín con el Mercado Central y el peronismo. Ex Jefe de Gabinete de La Matanza, Topo Rodríguez le explica a Galperín qué debería hacer.
Todos saben los graves problemas de ineficiencia y torpeza de Fernando Espinoza -de hecho Alejandro Rodríguez no siguió en La Matanza cuando cesó el mandato de Verónica Magario y aterrizó enla Cámara Baja- pero la gente de Galperín tendría que tener en cuenta algunas de las consideraciones de él, más allá de la controversia pseudo ideológica de uno y otro.
La Corporación del Mercado Central de Buenos Aires funciona como entidad pública interestadual, con capacidad de derecho público y privado, gerenciada por una entidad tripartita en la que participan con partes iguales el Gobierno Nacional, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires pero en territorio del municipio de La Matanza.
El debate
Mercado Libre, de Galperín: “La clausura fue realizada por la supuesta falta de permisos necesarios, pese a que la obra cuenta con todas las autorizaciones pertinentes emitidas por la autoridad competente. Cabe destacar que la Municipalidad de La Matanza no tiene jurisdicción sobre el Mercado Central, un ente tripartito administrado por Nación, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Provincia de Buenos Aires”.
Para el Topo es "una barbaridad" redactar semejante texto: "Le están proponiendo a Galperin recorrer el mismo sendero que transitaron Mauricio Macri y María Eugenia Vidal cuando quisieron implantar ilegalmente el Mercado de Hacienda de Liniers en La Matanza. El intento naufragó. El mismo argumento e idéntica soberbia: creer que el Mercado Central es un territorio liberado, una especie de estado extraterritorial asentado en el vacío. Es un error que se enmienda, sencillamente, respetando las leyes vigentes. Sostener que “la Municipalidad de La Matanza no tiene jurisdicción sobre el Mercado Central” es más que una burrada. Constituye torpe ignorancia."
Inevitable conclusión inicial: ¿Quién asesora a Marcos Galperín en este tema? ¿Y encima cobra por asesorar mal?
Sigue Topo Rodríguez:
#1. "El Convenio de creación de la Corporación del Mercado Central (Ley 17.422) establece, en su Artículo 1ro., que el funcionamiento del Mercado no altera la jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires en lo que resulte ajeno a las funciones y fines propios de la Corporación. En tal sentido, si la empresa de Galperin quisiera tener razón debería, antes, lograr que se modifique el Convenio Tripartito (Nación, Provincia de Buenos Aires y Ciudad Autónoma de Buenos Aires), luego hacerlo ratificar por los 3 poderes legislativos."
#2. "Con esta ley vigente, las atribuciones que la Provincia de Buenos Aires detenta son todas aquellas que no estén directamente asociadas al poder de policía de abastecimiento, sanitaria y bromatológica, siempre en materia frutihortícola. Esto incluye, entre muchas otras atribuciones, las vinculadas con medio ambiente, zonificación, uso del suelo, recursos hídricos, seguridad y tránsito."
#3. "Adicionalmente, se incluyen las atribuciones fijadas para ejercer el poder de policía de los municipios, entre las que se destacan, según la Ley Orgánica de las Municipalidades:
- la construcción, ampliación, modificación, reparación y demolición de edificios públicos y privados, así como también sus partes accesorias;
- la radicación, habilitación y funcionamiento de los establecimientos comerciales e industriales, en la medida que no se opongan a las normas que al respecto dicte la Provincia y que atribuyan competencia a organismos provinciales;
- el trazado, apertura, rectificación, construcción y conservación de calles, caminos, puentes, túneles, plazas y paseos públicos y las delineaciones y niveles en las situaciones no comprendidas en la competencia provincial;
- las condiciones de higiene y salubridad que deben reunir los sitios públicos, los lugares de acceso público y los baldíos; la ubicación, habilitación y funcionamiento de guardacoches, playas de maniobras y de estacionamiento."
#1. " Es competencia del Municipio, según la Ley de Ordenamiento Territorial y Uso del Suelo (8.912/77), autorizar construcciones, planificar y otorgar uso del suelo, así como requerir el cumplimiento de normativa medio ambiental."
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