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La CSJN dividida por Ley de Tierras, llama a conjueces para que desempaten

La CSJN convoca a 2 conjueces para debatir la validez del artículo 154 del DNU 70/23, que derogó la Ley de Tierras: los 3 supremos no lograron acordar.

La CSJN no logró unanimidad de criterios en la causa impulsada por la Asociación Civil Árbol de Pie contra el artículo 154 del DNU 70/23. Entonces decidió convocar a 2 conjueces para fallar. Sorprendió que Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti no alcanzaran unanimidad de criterios durante el acuerdo de este martes 06/10.

Sucede que este tema, en estas circunstancias, requería una CSJN unida pero al tener criterios diferentes va a recibir una enorme presión desde Gobierno y oposición.

Durante el acuerdo del día de hoy, y al no lograr unanimidad de criterios, el máximo tribunal decidió convocar a 2 conjueces para intervenir en una causa vinculada con la validez del artículo 154 del DNU 70/23, que derogó la Ley de Tierras. El sorteo se realizará en las próximas horas.

Asociación Civil Árbol de Pie

Los ministros del máximo tribunal analizaron un escrito de una ONG ambiental que se presentó la semana pasada, como una “solicitud de aclaratoria”. Fue tras el fallo del martes pasado que rechazó por falta de legitimación la presentación de la agrupación CECIM de ex combatientes.

Se trata de una demanda impulsada por la Asociación Civil Árbol de Pie, que se amparó en el derecho a la protección de ambiente, expresamente contemplado en la Constitución Nacional.

Esa demanda no fue tratada por la Justicia Dederal de Bariloche, donde se radicó la presentación; ni por la Cámara Federal de La Plata, adonde se derivó el caso.

El análisis de esta nueva causa va en línea con el comunicado de la Corte Suprema que sostuvo que el 'fallo CECIM' fue una cuestión procesal y que nada impedía al máximo tribunal analizar los casos que llegaran a esa instancia por el mismo tema.

En la causa FGR 20213/23, el máximo tribunal decidió llamar a dos conjueces para el tratamiento de la cuestión y el sorteo se realizará en las próximas horas.

El expediente se originó en una demanda impulsada por la Asociación Civil Árbol de Pie, que cuestionó el artículo 154 del decreto y fundamentó su presentación en el derecho a la protección del ambiente contemplado en la Constitución Nacional.

Bariloche

La demanda no fue tratada por la Justicia Federal de Bariloche, donde se radicó originalmente la presentación, ni por la Cámara Federal de La Plata, a donde posteriormente se derivó el caso.

El análisis de esta causa se produce después de que la Corte rechazara por falta de legitimación la presentación del Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM).

Tras esa decisión, la Corte sostuvo que el fallo referido al CECIM respondía a una cuestión procesal y que nada impedía analizar otros expedientes sobre la misma temática que llegaran a esa instancia.

El tratamiento se enmarca en el régimen de procesos colectivos, por el cual las causas se agrupan. Una vez resuelto el planteo del CECIM, quedó habilitado el análisis del expediente de Árbol de Pie, una asociación ambiental que formuló cuestionamientos vinculados con la derogación de la Ley de Tierras.

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FUENTE: Urgente24