EL BONAERENSE

BOLETÍN OFICIAL

Ya tienen superpoderes los intendentes para controlar los precios

"Artículo 2º.- Convócase a los Intendentes e Intendentas de todos los municipios del país a realizar, en forma concurrente con la Nación, la fiscalización y control del cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución de la Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo Nº 100/20, o las que en el futuro la prorroguen, reemplacen o amplíen, en los supuestos comprendidos en el artículo 15 de la Ley Nº 20.680."

La especulación en los precios es permanente en la Argentina, en parte por graves deficiencias tanto en el sistema de distribución/intermediación como en la estructura de la oferta de bienes y servicios (falta de competencia, y de confianza en el poder de la competencia).

Todo esto nunca se corrige en los tiempos de bonanza (escasos) y se cuestiona cuando llega, por ejemplo, una crisis sanitaria extrema. Entonces, se buscan mecanismos que, en este caso, a través de la transferencia o delegación de tareas en los intendentes, claramente el Ejecutivo Nacional también reduce su responsabilidad ante la opinión pública, y crece la de otros (los intendentes).

Veremos cómo funciona.

Artículo clave en esta iniciativa del Poder Ejecutivo Nacional: "Artículo 4°.- Convócase a los Gobernadores y Gobernadoras de Provincia y al Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a realizar el control y juzgamiento de las disposiciones establecidas en la Resolución de la Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo Nº 100/20, o las que en el futuro la prorroguen, reemplacen o amplíen, en el ámbito de sus competencias, en los supuestos previstos en los artículos 3° y 18 de la Ley Nº 20.680. Encomiéndase a los Gobernadores y Gobernadoras a coordinar estas acciones con los intendentes e intendentas de cada jurisdicción, conforme las normativas Provinciales y Municipales."

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