La propuesta de divorcio exprés fue incluida en la Ley Ómnibus, el megaproyecto que envió Javier Milei al Congreso, dentro del capítulo que modifica artículos clave del Código Civil.
LEY ÓMNIBUS
Divorcio exprés, tan sencillo que enardeció a los Abogados
El divorcio exprés fue incluido dentro del megaproyecto de Milei, en el capítulo que modifica artículos clave del Código Civil, y tendría un simple paso.
La misma no implica intervención de abogados ni jueces, dado que a partir de ahora los matrimonios que decidan de común acuerdo disolver el vínculo solo deberán comunicarlo a las autoridades administrativas del Registro Civil.
"En línea con la modernización de la legislación y el respeto a la preponderancia de la libertad individual, se incorpora un novedoso instituto para nuestro país, de uso común en muchas otras naciones del mundo, que es la posibilidad para los cónyuges de solicitar la disolución del vínculo matrimonial con la sola presentación ante el mismo órgano administrativo que celebró el matrimonio civil, sin necesidad de intervención judicial", dice el mensaje enviado al parlamento en sus considerandos.
El capítulo III de la Ley ómnibus incorpora cambios en el Código Civil y Comercial. Allí el artículo 352 establece un cambio clave en el proceso de divorcio.
"Incorpórase como inciso d) del artículo 435 del Código Civil y Comercial aprobado por la Ley N° 26.994 y sus modificatorias, el siguiente: 'd) comunicación de la voluntad de disolver el vínculo presentada por los cónyuges en forma conjunta ante el órgano administrativo del último domicilio conyugal, la cual tendrá los mismos efectos que el divorcio'", dice la normativa.
Rechazo de Abogados
El presidente del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal Ricardo Gil Lavedra, salió a fulminar el texto del proyecto donde se propone que el divorcio se termine de modo administrativo.
"Nos vamos a oponer enfáticamente a esa modificación". Según explicó, " el divorcio no es solamente la cuestión del vínculo. Cuando una pareja decide separarse, hay infinidad de cuestiones que están conectadas entre sí".
"Obviamente la casa, los chicos, compensaciones, miles de cuestiones, aun cuando aquellas que tengan un patrimonio reducido, es inusual que se diga que nada más que el vínculo, después vamos a discutir otras cosas. En la mayoría de los casos, uno resuelve las cosas de manera integral", advirtió Gil Lavedra.
Al mismo tiempo, remarcó que "esta integralidad supone la necesidad de que haya un juez y también un abogado que asesore las partes".
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