- Muy concreto el autor: "El costo de la canasta básica, que fija la línea de pobreza, es superior al doble del SMVM pero no se puede utilizar un mecanismo de represión salarial y de enfatizar el ajuste sobre el conjunto de los trabajadores que, inevitablemente, provocan la pérdida del poder adquisitivo y el derrumbe de la estructura salarial y el mercado de trabajo."
- 2019 comenzó con una inflación de 2,9%, por encima de la suba de precios registrada en diciembre, lo que nos dejó una inflación interanual de 49,3%.
- 2019 comenzó con una inflación de 2,9%, por encima de la suba de precios registrada en diciembre, lo que nos dejó una inflación interanual de 49,3%.
- El costo empresario laboral es un 50% mas de cada salario. Es un tema que siempre obviaron los sindicalistas argentinos. También decidieron ignorarlo los políticos, decididos a recaudar y recaudar para atender un gasto público elefantiásico. Pero no hay posibilidad de resolver el problema del empleo sin una revisión del costo laboral. El tema es abordado por Juan Pablo Chiesa en su próximo libro (el 2do), "Breve historia de la seguridad social en Argentina". El siguiente análisis tiene que ver con eso: La realidad del costo laboral en la argentina es que a una empresa que emprende y arranca su negocio para poder salir de la crisis, si tiene la intención de tomar un empleado, debe afrontar un costo laboral casi un 57% del sueldo que se lleva en la mano el empleado.
- Existe un modelo de recurso administrativo para que todo ciudadano pueda presentar ante los organismos de control, en caso de que cuando dicha presentación sea denegada por el organismo en cuestión, y se recurra a la vía judicial para que un órgano imparcial respete la división de poderes. Le proponemos un modelo de reclamo administrativo para ser presentado en contra de la AFIP con la Resolución 4.309/2018.
- Enojo en la cúpula de la Administración Nacional de Seguridad Social contra Urgente24 avanzó contra la novedad de gravar en forma adicional a los jubilados (https://bit.ly/2UpvaS9) aunque se dijo que era para quienes cobraban 6 veces la mínima. Urgente24 mantuvo su posición contraria a todo gravámen de Ganancias a las jubilaciones y, además, la estupidez de castigar como si fuesen millonarias a las jubilaciones que más perciben que, probablemente, hayan sido las que más contribuyeron durante su vida laboral activa. Entonces fue el turno de los militontos, en especial en Twitter, que cuestionaron la veracidad de la noticia. A diferencia de lo que pasaba en los días K, cuando claramente trolls y militontos eran fáciles de diferenciar, en los días M hay una cierta simbiosis que lo dificulta. En cualquier caso, se le pidió una interpretación de todo esto a Juan Pablo Chiesa, y desde la Costa atlántica él se tomó el trabajo de sentarse y escribir, luego de anticipar lo siguiente: "La literalidad formal y esencial del vocablo Ganancias se opone claramente al voluntarismo manifiesto de la norma jurídica que le adjudica imperiosamente un alcance y significación plagado con los principios más elementales de la justa razón y de la sana lógica. Una norma que desconsidere esta cuestión crucial es manifiestamente ilegítima e inconstitucional."
- PYME no es igual que Multinacional. Ahorrista de Clase Media no es lo mismo que mega empresario. Debe haber una diferenciación porque el objeto de la renta financiera obtenida en cada caso es muy diferente.
- El Gobierno avanza, por 3ra. vez, en una reforma laboral. Es año de elecciones, por lo que sumaría sufragios el cambio de la jornada laboral de 8 horas a 6 si prosperase, y además Jair Bolsonaro en Brasil marca la necesidad de introducir cambios en los costos laborales. El equipo de Dante Sica tendrá la labor del gran debate legislativo a partir de ingresar el texto que, durante la gestión de Jorge Triaca, se vio malograda por falta de acuerdo interno y en mayor parte de los sindicatos.
- El Gobierno actualizó el monto mínimo no imponible para las contribuciones patronales, que pasa de $12.000 a $17.509,20, a partir del 1° de enero de 2019. La medida fue oficializada por la Resolución 03/18 de la Secretaría de Seguridad Social el día 26/12/2018. Aquí algunas claves a tener en cuenta.
- En el marco de la “Programación Financiera”, el Gobierno Nacional ha ordenado a las autoridades de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS), organismo descentralizado en la órbita del Ministerio de Salud y Desarrollo Social, la suscripción de Letras del Tesoro en Pesos". De todos modos, según la información oficial fue un acuerdo (¿?). El tema le mereció una reflexión a Juan Pablo Chiesa.









