La aeronáutica comercial es una de las actividades más seguras y reglamentada a nivel mundial dada la complejidad de la operación aérea, las múltiples disciplinas intervinientes. Esas reglamentaciones y planificaciones, se encuentran predeterminadas y certificadas para la realización de un vuelo por la IATA en el programa Sistema de Gestión de Seguridad (SMS) y cada dos años cada aerolínea de miembro de IATA debe superar la exigente auditoria de seguridad operacional (IOSA). Se cumple bajo un riguroso plan que garantiza el vuelo en condiciones de seguridad extremas con Manuales que restringen el margen para improvisar decisiones operativas.
SEGURIDAD AEROCOMERCIAL
Especial: El caso del Boeing 737 MAX 8
Francia será el país que analice las cajas negras del avión de Ethiopian Airlines que protagonizó un siniestro con 157 muertos y que ha defenestrado la confianza en el Boeing 737 MAX. De los resultados del análisis, que ocurrirán en la Agencia de Investigación y Análisis (BEA, por sus siglas en francés) para la Seguridad de la Aviación Civil, cerca de París, pende el futuro de este modelo de avión, que ha sido vetado del espacio aéreo europeo, estadounidense, australiano, etc. La BEA es muy activa, tal como la Junta Nacional de Seguridad del Transporte de USA, y tiene laboratorios en Le Bourget. En el pasado investigó desastres tales como el accidente de Rio-París en 2009, de Germanwings en 2015 y el Concorde en 2000. Se espera un informe preliminar en semanas, pero el definitivo estaría en 2020, algo similar al equipo indonesio-estadounidense-australiano que investiga lo del 737 MAX de Lion Air. Mientras tanto:
Las estadísticas de seguridad son elocuentes en 2018, más de 100.000 vuelo diarios, casi 3 mil millones de pasajeros transportados y 556 fallecidos en accidentes aéreo. Los accidentes se producen al quebrarse las defensas de los sistemas que los previenen por lo menos uno de sus tres aspectos:
> lo tecnológico, producción de fallas no obstante encontrarse duplicados o triplicados los instrumentos más sensibles;
> la instrucción, falta de respuesta adecuada de los pilotos y/o sistema de tránsito aéreo ante un evento, pese a su entrenamiento simulando contingencias de diferente gravedad y sus formas de afrontarlas, y
> lo reglamentario, en tanto no sean observados planes, normas y manuales que limitan al piloto en la toma de decisión ante una emergencia en pos de conductas alternativas ya entrenadas y desarrolladas en manuales operativos para la eventualidad.
La causalidad de los accidentes comprende una combinación de condiciones activas y latentes.
Las primeras son acciones u omisiones que tienen consecuencias adversas inmediatas, y tienen relación con el personal de primera línea -pilotos, controladores de tránsito aéreo, mecánicos-; en tanto las latentes se encuentran en el sistema mucho antes que se experimente el resultado el accidente y llegan a ser evidentes cuando actúan como factores de activación, como por ejemplo diseño deficiente de equipos, circunstancia que aparecería como probable en los dos accidentes.
La primera autoridad certificante de esta aeronave tipo fue la FAA (Federal Aviation Administration), del Estado del fabricante, que acaba de dictar el 13/03/2019 a las 17:30 hora local, una directiva de aeronavegabilidad (AD de emergencia) que faltaba y que mantendrá la flota MAX 8 en tierra hasta concluir las revisiones técnicas en curso.
En el ámbito europeo, días atrás, la Agencia Europea de Seguridad Aérea EASA, y Gran Bretaña, ya habían prohibido las operaciones de despegue, aterrizaje y sobrevuelo de su espacio aéreo, permitiendo sólo un traslado sin pasajeros con tripulación minina y por cuestiones netamente de mantenimiento.
En forma independiente al dictado de resoluciones prohibitivas de las diferentes Autoridades Aeronáuticas de los Estados, no fue el caso de Argentina, las aerolíneas se habían anticipado a cancelar sus vuelos con esta aeronave en tanto la tendencia mundial en responsabilidad penal, de la cual no escapa nuestro país, es la de extender la investigación de los accidentes aéreos y su responsabilidad “compliance” a los directores y al personal gerencial de los sectores más sensibles de las Compañías Aéreas: gerencias de calidad, operativas y de mantenimiento.
Cuando los operadores de aeronaves reportan fallas frecuentes en un sistema o el fabricante detecta un error de funcionamiento o performance del sistema o componente, la Autoridad Aeronáutica de un Estado Parte, en este caso la FAA, emite una AD -directiva de aeronavegabilidad de cumplimiento obligatorio-.
Volviendo a nuestro caso, la FAA el 21 de noviembre de 2018, había emitido una AD sobre esta aeronave para que las tripulaciones detecten y reporten algún funcionamiento anormal en la actitud de vuelo, exigiendo al 21 de diciembre que los procedimientos relacionados estuviesen indicados en los manuales operativos de las empresas antes las siguientes 72 hs, es decir todo al 24/12.
Hace dos días un comité especifico de la FAA emite una notificación indicando que habían revisado los procesos de producción de Boeing relacionados con la calibración del montaje del sensor del ángulo de ataque y el -sistema de mejora/aumento de características de maniobra -MCAS-, sistema que habría provocado los dos accidentes; y anticipaba los nuevos procedimientos operativos que el nuevo diseño del MCAS sería obligatorio a partir de abril de 2019. Una instrucción del presidente Donald Trump a la FAA termina en la decisión que deja decenas de MAX 8 en tierra en pos de la seguridad.
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Consultor técnico: Ing. Cristian Cuba.