La empresa Telmex demandó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires porque este último le exigía el pago del gravamen por la ocupación de la superficie, subsuelo y espacio público.
La empresa de Carlos Slim Helú entendió que la postura del Fisco porteño desconocía la exención que se prevé en el artículo 39 de la Ley federal N°19.798 para los servicios públicos de telecomunicaciones.
El fallo en primera instancia de la Justicia local de la Ciudad Autónoma hizo lugar a la demanda.
Entonces, el Gobierno porteño presentó un recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Superior de Justicia de la CABA.
Esta instancia local admitió la apelación del Gobierno porteño.
A partir de una “interpretación” propia del precedente de la Corte Suprema en el caso “NSS” (Fallos: 337:858), el Tribunal consideró que no se había verificado si la empresa ocupaba el espacio público para la prestación de servicios que eran o no eran públicos.
Así, revocó la sentencia y dispuso su reenvío a la primera instancia para que se examinara si la actividad de Telmex calificaba como servicio público o no.
Telmex dedujo un recurso extraordinario que fue rechazado.
Frente a ello, interpuso un recurso de queja ante la Corte Suprema.
En el día de la fecha, el máximo Tribunal, con la firma de los jueces Elena Highton, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti, desestimaron el recurso de la empresa ya que entendieron que no existía una sentencia definitiva o equiparable a tal.
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