Tras la polémica que generó la medida -especialmente en el caos de los viajeros que salieron del país el mes pasado-, el gobernador de la provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof, decidió que no se les exigirá a los bonaerenses que salieron del país en junio, el aislamiento de 4 días en hoteles.
EN JULIO, PAGAN
Es oficial: El aislamiento en hoteles no rige para los bonaerenses que salieron en junio
Sí deberán cumplirlo todos los que regresen a partir de este jueves 1/7 -solventando el costo del hospedaje- y luego completar el período de cuarentena 7 días en su domicilio.
Así quedó estipulado en la Resolución 192 de Jefatura de Gabinete y del Ministerio de Salud bonaerense publicada este 17/ en el Boletín Oficial.

La medida dispone "establecer que aquellas personas que tengan domicilio o residencia permanente o transitoria en la provincia de Buenos Aires y resulten negativo en la prueba para SARS- CoV-2 deberán cumplir con el aislamiento obligatorio por el término de cuatro días en los hoteles, albergues o establecimientos habilitados al efecto, completando dicho aislamiento en sus domicilios declarados por el término de tres días adicionales".
La norma aclaró que los costos de transporte, comida y/o la estadía en los lugares de aislamiento obligatorio "deberán ser asumidos por la persona que ingresa al país y el pago se hará efectivo directamente en el hotel, albergue o establecimiento".
Se remarcó asimismo que las personas que arriben al país desde el exterior que no cumplan el aislamiento, serán pasibles de las sanciones previstas en el Decreto Ley N° 8841/77, conforme el procedimiento establecido en los Decretos N° 3707/98 y N° 1/21", lo que implica multas de hasta $4.300.000.
Se fiscalizará el cumplimiento del aislamiento y, en caso de detectar un incumplimiento, se labrará un acta y se realizarán dos denuncias: una penal por atentado contra la salud pública; y otra ante un Juzgado de Paz por infracción a la normativa provincial.
Además, se precisó que "estarán excluidas del cumplimiento del aislamiento obligatorio en los hoteles, albergues o establecimientos habilitados, las personas que se encuentren exceptuadas en virtud de las disposiciones dictadas por la autoridad migratoria nacional o por la autoridad sanitaria nacional, siempre que den cumplimiento a las condiciones y protocolos que dichas autoridades dispongan".
Para poder dar cumplimiento a la resolución, el gobierno creó un registro de “Hoteles y Establecimientos para la Gestión de la Pandemia”, en el cual deberán inscribirse los hoteles, albergues o establecimientos habilitados para el alojamiento de personas.
Los hoteles, albergues o establecimientos habilitados para el alojamiento de personas, deberán inscribirse a través del sitio web https://www.gba.gob.ar/ y completar toda la información solicitada en dicho registro.






