SALTANDO LA 24.635

Estrategia sindical para no cumplir con la ley

Vayamos a la conclusión del autor: "Los gremios están adoptando y sembrando una costumbre, a mi gusto, contraria a la ley, que sin perjuicio a que se adhieran a una conciliación laboral obligatoria y acudan a métodos pacíficos de dialogo para solucionar el conflicto, las confederaciones gremiales convocan a paros nacionales, ocasionalmente, para que los gremios evadan, elegantemente, la conciliación que ellos aceptaron". Pero aquí el desarrollo completo:

La Confederación de Trabajadores de la Educación de la República Argentina (CTERA) llamó a una jornada nacional de protesta para el 30/07 y 31/07 con movilizaciones y paro en varias provincias. De esta manera, los gremios evitaron así la conciliación obligatoria que había dispuesto la gobernadora María Eugenia Vidal.

El gremio bonaerense dirigido por Roberto Baradel, SUTEBA, se sumará a la medida de alcance nacional y no acatará la conciliación obligatoria dictada a nivel provincial.

El fundamento de los gremios reside en que su órgano superior, en este caso, la CTERA, llamó al paro y los gremios que dependen de dicha confederación "nos ajustamos a la medida".

Por otro lado, y en otro escenario, el sindicato de Hugo Moyano se sumó al paro nacional, sin movilización, que había convocado la CGT el dia 25/06/2018. Para dicha fecha también regia una conciliación obligatoria por el reclamo paritario por el 27% de aumento en Camioneros.

El sindicato de Moyano se sumo a la huelga de la CGT y asi alegó que puede evitar la conciliación obligatoria que tenia impuesta. Recordamos que por la violación de la primera conciliación obligatoria, el sindicato de camioneros, ya se encuentra multado.

En rigor de verdad, Camioneros se encontraba dentro del alcance de una conciliación laboral obligatoria, actualmente incumplida, sin perjuicio a ello, siguió a su Confederación y se sumó al paro. Violó la ley en dos oportunidades.

Ambos gremios, Camioneros y Suteba, estaban encuadrados dentro de un marco legal regulatorio de diálogo y entendimiento que brinda la Ley 24.635 de conciliación laboral obligatoria.
La finalidad de la Conciliación Laboral Obligatoria es la de evitar mas conflictos de lo que la sociedad está padeciendo y, apelar al diálogo y al consenso pacifico para solucionar el conflicto que los separa.

Sin perjuicio a ello, los gremios deciden subirse a la “estrategia” de las Confederaciones para ambientar un paro de nivel nacional al adherirse a una movilización estratégica y asi no cumplir la conciliación obligatoria alegando que su Confederación llamo al paro.

La conciliación obligatoria es un instrumento jurídico previsto por la Ley 24.635 que genera una convocatoria que dicta un organismo público para que las partes en conflicto (sindicato) y (empresarios) tengan una instancia de diálogo para resolver el problema.

La particularidad de este procedimiento legal, establecido en la 24.635, es la de abandonar toda medida de fuerza gremial para poder "dialogar" y solucionar el conflicto dentro de un plazo de 15 dias.

La Ley creó la Instancia Obligatoria de Conciliación Laboral, introduciendo la obligatoriedad para la parte reclamante en un conflicto laboral, previo a la iniciación del proceso judicial, de desarrollar una etapa durante la cual se intenta una conciliación.

Aunque resulte obvio, debe puntualizarse que la legislación no estableció en modo alguno la obligación de conciliar el reclamo, sino sólo la de someterse a una etapa previa de diálogo y consenso para evitar un mal mayor, previo a la interposición de la acción judicial o medida gremial.

Los gremios están adoptando y sembrando una costumbre, a mi gusto, contraria a la ley, que sin perjuicio a que se adhieran a una conciliación laboral obligatoria y acudan a métodos pacíficos de dialogo para solucionar el conflicto, las confederaciones gremiales convocan a paros nacionales, ocasionalmente, para que los gremios evadan, elegantemente, la conciliación que ellos aceptaron.