Al sur del río Colorado, Argentina tiene sus rodeos bovinos libres de aftosa sin vacunación, a diferencia de lo que sucede en el norte, donde el estatus de libre de aftosa se logra con vacunación.
Entre prórrogas, reuniones y reclamos, el organismo sanitario publicó el 27 de junio una nueva normativa que establece que las zonas centro y norte del país podrán enviar únicamente cortes con hueso plano al sur del río Colorado.
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Se incluyen el asado de costilla y la falda con hueso. La medida se oficializó mediante la Resolución 460/2025, publicada en el Boletín Oficial. Y Senasa señaló que esta flexibilización a la barrera sanitaria que históricamente dividió a las zonas libres de aftosa con y sin vacunación no tendrá impacto negativo sobre la producción o el acceso a mercados internacionales.
Sin embargo, los ganaderos del sur no se quedaron cruzados de brazos, y presentaron un nuevo recurso administrativo ante Senasa, según publicó el sitio 'Bichos de Campo', para que quede sin efecto la resolución.
La jueza Mariel Borruto consideró que la norma impugnada carece de fundamentación suficiente y podría afectar el estatus sanitario diferencial de la región, con riesgos económicos, sociales y ambientales graves La jueza Mariel Borruto consideró que la norma impugnada carece de fundamentación suficiente y podría afectar el estatus sanitario diferencial de la región, con riesgos económicos, sociales y ambientales graves
Para la cautelar se tomó en cuenta, además, que Chile ya suspendió el reconocimiento de la Patagonia como zona libre sin vacunación tras la entrada en vigencia de la resolución del Senasa.
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Chile suspendió el reconocimiento de la Patagonia como zona libre sin vacunación tras la entrada en vigencia de la resolución del Senasa.
La Asociación Rural planteó que la medida ponía en peligro décadas de trabajo público-privado y la apertura de mercados internacionales, mientras que Senasa defendió la resolución como un paso de armonización con estándares internacionales y negó que implique riesgos sanitarios.
La cautelar quedará vigente durante 30 días, plazo en el que la entidad demandante deberá constituir una caución real de 5 millones de pesos. Mientras tanto, la controversia por el futuro de la barrera sanitaria sigue sumando capítulos en Río Negro y Santa Cruz, donde también se tramitan recursos judiciales.
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