Mientras se desarrolla la disputa judicial, el Gobierno asegura que avanzará con actualizaciones parciales en las partidas universitarias y cumplirá con los pagos mensuales contemplados en la normativa.
Por lo demás, hay pocas expectativas de que la CSJN acepte dicho recurso extraordinario. Fuentes judiciales informaron a Infobae que no existen muchos antecedentes de fallos de la Corte Suprema que respalden la suspensión de este tipo de medidas cautelares, aunque mencionaron tres casos previos —“César Arias”, “Brigadier Estanislao López” y “AEDBA”— en los que se admitió el efecto suspensivo.
De todos modos, el Gobierno estaría obligado desde mañana a efectuar la transferencia presupuestaria según los artículos 5 y 6 de la ley, hasta que la Corte resuelva el fondo del asunto.
Dentro del Ejecutivo persiste el debate técnico sobre cómo instrumentar el pago. Un alto funcionario aclaró a Infobae: “La Corte te tiene que conceder el efecto suspensivo y eso no ocurrió todavía, es altamente improbable que nos lo concedan.”
Si no hay plata para universidades, hay marcha
Mientras tanto, la comunidad académica y los gremios evalúan reeditar la masiva movilización de 2024, la más multitudinaria que sufrió la administración de Javier Milei. Una marcha de esa magnitud en estos momentos sería un duro golpe para un Gobierno, que ya viene golpeado entre los presuntos escándalos de corrupción y una economía real que no levanta. Las encuestas de diversas consultoras están mostrando cómo cae la imagen del Presidente y, a la par, aumenta el descontento social y la preocupación por la economía (inflación y empleo, sobre todo).
El Consejo Universitario Nacional (CIN) anunció ayer una nueva masiva marcha en todo el país para la primera mitad de mayo en caso de que el gobierno de Javier Milei no cumpla con la Ley de Financiamiento Universitario.
"Volveremos a convocar a la sociedad argentina para manifestarnos la primera quincena de mayo en todo el país en defensa de la educación, la universidad pública y la ciencia nacional", indicó el CIN en un comunicado.
Desde hace varios días, distintas facultades de universidades públicas nacionales vienen realizando clases públicas o abrazos simbólicos para reclamar al Gobierno que cumpla la Ley.
Otro recurso del Gobierno ante la Corte, pero por la reforma laboral
En paralelo, ayer (16/04) el Gobierno presentó un recurso extraordinario de per saltum ante la Corte Suprema para que revierta la suspensión de artículos de la reforma laboral. La ofensiva busca dejar sin efecto la cautelar dictada por la Justicia laboral.
El planteo del cuerpo de abogados del Estado solicita la revisión del fallo del Juzgado Nacional del Trabajo N°63, que el 30 de marzo suspendió la aplicación de 83 artículos de la Ley 27.802 de Modernización Laboral.
En representación de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, dependiente del Ministerio de Capital Humano, la Procuración del Tesoro exigió que se declare la admisibilidad del recurso, se suspendan los efectos de la cautelar y que la Corte resuelva el caso de manera definitiva.
Además, pidió que el máximo tribunal revoque la sentencia al considerar que fue dictada por un juez incompetente y que no existe un caso judicial válido ni legitimación activa colectiva.
El conflicto se originó a partir de una acción presentada por la CGT, que solicitó la inconstitucionalidad y la suspensión cautelar de varios artículos de la norma. El juez Raúl Horacio Ojeda hizo lugar a ese pedido y dispuso la suspensión con alcance general de los artículos cuestionados.
La Procuración, en su presentación, sostuvo que la CGT no acreditó un caso concreto ni un perjuicio específico, sino que basó su planteo en argumentos abstractos y generales. También afirmó que la central carece de legitimación suficiente para representar a todos los trabajadores del país y que el juez omitió analizar la representación sindical conforme a la normativa vigente.
El organismo remarcó que se trata de una causa de competencia federal, ya que el Estado Nacional es parte y la resolución tiene efectos en todo el país. En ese sentido, recordó que se planteó una inhibitoria ante el fuero Contencioso Administrativo Federal.
El 10 de abril, el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°12 aceptó ese planteo y reclamó el expediente, aunque hasta el momento no se dictó una resolución que revierta la suspensión dispuesta por el juzgado laboral.
En su presentación, la Procuración calificó la situación como de “gravedad institucional”, al advertir que la suspensión de una ley nacional por parte de un tribunal inferior implica un avance sobre las atribuciones del Congreso y pone en riesgo la división de poderes.
El escrito también invocó precedentes de la Corte Suprema para sostener que ningún juez puede suspender una ley con efectos erga omnes, es decir, con alcance general para toda la sociedad.
Entre las objeciones, la Procuración cuestionó la falta de análisis concreto sobre los artículos suspendidos, señaló que la cautelar coincide con el objeto principal del proceso y sostuvo que el juez excedió el pedido original de la CGT al incluir artículos no reclamados.
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