El Juzgado Federal Nº 2 de Catamarca subrayó que las personas con discapacidad no pueden quedar sin ingresos mientras se revisa su situación, ya que esa suspensión “atenta contra el derecho a la vida digna y la protección social que el Estado debe garantizar”.
De esta forma, el fallo busca revertir los efectos de una política que dejó sin sustento económico a miles de hogares. Muchos beneficiarios dependían exclusivamente de esos haberes para cubrir gastos básicos como medicamentos, alimentos y transporte.
La medida, además, reafirma la obligación del Estado de proteger los derechos de las personas con discapacidad y evita que las auditorías administrativas deriven en recortes sin fundamentos claros.
¿Por qué se había suspendido el pago de las pensiones por discapacidad?
A comienzos de octubre, distintos organismos de la sociedad civil denunciaron que ANDIS había suspendido sin previo aviso miles de pensiones por invalidez laboral, alegando la necesidad de revisar casos y auditar la documentación de los beneficiarios.
Sin embargo, las organizaciones sostuvieron que muchas suspensiones se realizaron de manera arbitraria, sin notificación previa ni posibilidad de defensa. Fue por eso que presentaron acciones judiciales colectivas en distintas provincias, hasta que el caso llegó a Catamarca, donde se dictó este fallo de alcance nacional.
El antecedente más reciente había ocurrido en Formosa, donde otro fallo judicial obligó al gobierno a restablecer las pensiones suspendidas. Con la decisión del tribunal catamarqueño, la medida ahora se extiende a todo el país.
¿Qué organizaciones representan a los beneficiarios afectados?
La Justicia designó como representantes legales del colectivo afectado a la Asociación de Personas y Familiares de Discapacitados Motores (A.P.Y.Fa.Di.M.) y a la Asociación Azul, ambas con larga trayectoria en la defensa de los derechos de las personas con discapacidad.
Según la resolución judicial, esta designación busca garantizar “una defensa responsable y efectiva de los derechos e intereses en juego”, asegurando que los reclamos individuales queden comprendidos dentro del alcance colectivo del fallo.
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De esta manera, las organizaciones quedan facultadas para monitorear el cumplimiento del restablecimiento de los pagos y exigir que ANDIS cumpla con la restitución inmediata de los haberes suspendidos.
¿Qué impacto tiene este fallo en los pagos y en la política social del Gobierno?
El fallo aclara que el Estado puede auditar o revisar los beneficios otorgados, pero no puede suspender pagos sin antes garantizar el derecho a defensa y sin ofrecer alternativas de sustento.
Además, el gobierno nacional ya había anunciado la restitución de las pensiones en Formosa y un aumento del 5% para este tipo de prestaciones, aunque todavía no se fijó la fecha exacta de su implementación.
Con la nueva orden judicial, ANDIS deberá cumplir sin demoras con la restitución total de las pensiones, garantizando que ninguna persona con discapacidad quede sin cobertura económica durante el proceso de revisión.
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