Corresponde adecuar los ingresos del personal alcanzado por la presente medida, a fin de asegurar una retribución acorde con las funciones, responsabilidades y dedicación exigidas. En tal sentido, resulta procedente otorgar una suma fija remunerativa y no bonificable, excepcional, por única vez y de percepción única por persona de PESOS CINCUENTA MIL ($50.000) a abonarse con los haberes del mes de agosto de 2026, a efectos de mantener los estándares adquisitivos de las remuneraciones del personal militar en actividad de las FUERZAS ARMADAS, al personal en actividad de la POLICÍA DE ESTABLECIMIENTOS NAVALES y al personal civil en actividad de INTELIGENCIA DE LAS FUERZAS ARMADAS, expresa la resolución. Corresponde adecuar los ingresos del personal alcanzado por la presente medida, a fin de asegurar una retribución acorde con las funciones, responsabilidades y dedicación exigidas. En tal sentido, resulta procedente otorgar una suma fija remunerativa y no bonificable, excepcional, por única vez y de percepción única por persona de PESOS CINCUENTA MIL ($50.000) a abonarse con los haberes del mes de agosto de 2026, a efectos de mantener los estándares adquisitivos de las remuneraciones del personal militar en actividad de las FUERZAS ARMADAS, al personal en actividad de la POLICÍA DE ESTABLECIMIENTOS NAVALES y al personal civil en actividad de INTELIGENCIA DE LAS FUERZAS ARMADAS, expresa la resolución.