“Es por eso que es clave aprovechar estas fechas para difundir la importancia de su utilización. Hay que repetirlo una y mil veces: el casco salva vidas. Debemos insistir para lograr que sea un hábito entre los conductores porque es el único elemento que protege toda la cabeza".
¿Por qué usar casco también en bicicletas y monopatines?
- Primero porque su uso es obligatorio; deben estar homologados o certificados. Según la Ley Nacional de Tránsito 24.449- Art. 40 bis, incorporado por ley 25.965, los conductores de estos medios tienen que usar casco protector, ropa ajustada al cuerpo, preferentemente de colores claros, y un calzado que se afirme con seguridad a los pedales.
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Quien no lo usa tiene 3 veces más posibilidades de morir de lesiones en la cabeza que los que sí lo usan.
- Según los expertos, su utilización disminuye un 85% los riesgos de las lesiones en la cabeza y un 88% las lesiones cerebrales.
- Reduce la pérdida de conciencia en un 86%.
- El uso de casco en niños además reduce la incidencia de sufrir traumatismos craneales en un 63%.
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¿Qué más hay que tener en cuenta a la hora de circular en bicicleta o monopatín?
En bici:
La Ley Nacional de Tránsito establece como edad mínima los 12 años, en los lugares de la vía pública donde está permitido hacerlo. Y hasta los 18 deberás hacerlo acompañado de un mayor.
No obstante, en la ciudad de Buenos Aires, de acuerdo a la Ley 2.148, los menores de 12 años pueden circular por las bicisendas y por las veredas, a la menor velocidad posible, y respetando siempre la prioridad del peatón.
Equipamiento:
- La bici debe tener sistema de rodamiento, dirección, frenos y luces (blanca hacia adelante y roja hacia atrás), señalización reflectiva en pedales y ruedas, espejos retrovisores en ambos lados, un timbre o bocina, guardabarros sobre ambas ruedas.
- Si querés llevar algún tipo de carga, podés hacerlo, siempre y cuando tengas un portaequipaje adecuado y su peso no ponga en riesgo la maniobralidad de tu bici.
- También podés llevar a un niño, en un asiento especial, y respetando los parámetros anteriores. Siempre que conduzcas en calzadas compartidas con vehículos automotores, es obligatorio que lleves tu DNI.
En monopatín eléctrico:
En Argentina solamente la Ley 61.641 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires contempla una normativa para los “Dispositivos de Movilidad Personal”.
- Circular por ciclovías/sector de la calzada señalizado especialmente con una separación física o demarcación horizontal, o bicisenda/sector señalizado y acondicionado especialmente en veredas y espacios verdes.
- Circular por la derecha, si no existen carriles exclusivos para ciclo rodados.
- No circular en contramano, por las aceras/veredas, ni por autopistas o rutas.
Equipamiento:
- Frenos, bocina y debe tener luz delantera y una luz trasera.
- Deberán trasladar sólo a un conductor.
- La velocidad máxima de circulación es de 25 km/h.
- La edad mínima para conducir dispositivos de movilidad personal es de 16 años.
Fuente: ATM Seguros
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