En concreto, el RIMI establece la normativa necesaria para que los inversores medianos y pequeños del sector MiPyME de hasta el Tramo 2 inclusive puedan acceder a exenciones impositivas referidas a la amortización de Ganancias y la devolución del IVA. La medida apunta especialmente a las inversiones destinadas al sector agropecuario y energético, aunque puede ser acogida por cualquier otro sector que se adecúe a los requisitos.
Las inversiones consideradas dentro del RIMI son los bienes de capital, informática y telecomunicaciones, equipos de riego y aspersión agrícola, mallas antigranizo, animales de genética superior, obras civiles con avance de menos del 30% y bienes de alta eficiencia energética. Quedan fuera del régimen vehículos, bienes financieros y otras inversiones no productivas.
Al igual que en el caso del RIGI, la normativa está orientada al fomento de inversiones en un sector específico del entramado productivo nacional. Es por esto que será complejo que los efectos del RIMI puedan alcanzar al sector Pyme industrial, el más golpeado de la era Milei en lo que refiere a su evolución.
Maquinaria agrícola
Cuáles son los montos mínimos de inversiones
Según la Ley 27.802, el RIMI establece montos mínimos de inversión para que se habiliten los beneficios fiscales asociados. De esa manera, las Pymes interesadas deberán alcanzar determinadas cifras según su tamaño y condición, una lógica similar a la que persigue el RIGI, donde se demanda inversiones por encima de los 200 millones de dólares.
Al respecto, las consideradas microempresas deberán alcanzar inversiones por 150.000 dólares para ingresar en el beneficio. Las pequeñas empresas, mientras tanto, deberán invertir 600.000 dólares para activar el RIMI.
Por su parte, las medianas del Tramo 1 comenzarán a acogerse al RIMI en inversiones que partan de los 3.5 millones de dólares. En el caso de las empresas del Tramo 2, la inversión mínima es de 9 millones de dólares según establece la normativa.
Cabe destacar que no existe un tope de inversión ni un cupo presupuestario definido por ley. Las inversiones deben cumplirse dentro de los 2 años desde la sanción de la ley y la publicación de la normativa por parte de ARCA, la Secretaría de Agricultura y la Secretaría de Energía.
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Si bien muchas de esas empresas cerraron por ciclos “naturales” y otras por arrastre de la crisis económica extendida, las políticas económicas enfocadas en el sector primario y las grandes inversiones postergaron las urgencias de las Pymes, que constituyen la principal fuente de empleo en Argentina. Ese escenario derivó en el peor resultado referido desde 2003 para los primeros 25 meses de un Gobierno.