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YPF: Corte de Apelaciones de NY deja en suspenso la entrega de las acciones

La Corte de Apelaciones de Nueva York mantuvo la suspensión de la orden de la jueza Preska de entregar las acciones de YPF como pago en el juicio. Argentina podrá apelar, sin garantía.

Una buena noticia para la Argentina: la Corte de Apelaciones de Nueva York resolvió mantener la suspensión de la orden de la jueza Loretta Preska de entregar las acciones de YPF como pago, en el juicio por la estatización del 51% de la empresa petrolera. Además, dispuso que la Argentina puede apelar sin ofrecer garantía.

La jueza Preska, encargada del caso, había determinado en junio pasado que el juicio de US$16.100 millones se cancele con el 51% de las acciones que el Estado argentino tiene en la petrolera.

La defensa nacional recurrió a la Cámara de Apelaciones en busca de que se mantuviera en suspenso la transferencia de papeles de YPF, luego de una cautelar temporaria presentada a mediados de julio.

Vale remarcar que en Estados Unidos la apelación de un fallo no suspende automáticamente la sentencia, a diferencia de los tribunales argentinos. Sin embargo, la defensa argentina logró una suspensión administrativa temporal para frenar la transferencia de las acciones, y es esta medida la que ahora resolvió mantener la Cámara.

La decisión de la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito permite que la Argentina apele aquella decisión de Preska. Además de los US$16.100 millones, la condena de septiembre de 2023 tiene un interés diario mayor a los US$ 2 millones.

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Cabe destacar que, según había explicado la semana pasada Maril -quien sigue de cerca el tema- había 3 posibilidades respecto a la resolución de la Corte de Apelaciones de Nueva York:

1. Aceptar el pedido de suspensión del fallo, lo que detendría la entrega de las acciones de YPF.

2. Rechazar el pedido de suspensión del fallo, manteniendo así la orden de la jueza Preska de entregar las acciones.

3. Aceptar la suspensión de la entrega de acciones de YPF, pero con la condición de que el Gobierno argentino deposite un activo alternativo como garantía.

Finalmente, se conoció que la Corte de Apelaciones resolvió en sentido del punto 1, lo que representa la opción más favorable para el Gobierno argentino.

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