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La Justicia habilitó a CFK para votar: en qué elecciones y dónde lo hará

La justicia federal de Río Gallegos desestimó un recurso del Ministerio Público Fiscal que pedía excluir a CFK del padrón electoral.

Cristina Fernández de Kirchner (CFK) seguirá figurando en el padrón de electores de Santa Cruz. Así lo resolvió la Justicia federal de Río Gallegos, al rechazar una apelación presentada por el fiscal Julio Zárate que buscaba excluir a la exmandataria por su condena en la causa Vialidad.

La impugnación fue considerada “extemporánea” por el juez Claudio Vázquez; es decir, fuera de término legal.

Con esta decisión, Cristina Kirchner conservará su derecho a votar en las elecciones nacionales, pese a que la sentencia firme la inhabilita de por vida para ejercer cargos públicos. Su derecho podrá ser ejercido en su centro de votación, ubicado en Santa Cruz.

El fallo judicial, sin embargo, no cierra la discusión: la Cámara Nacional Electoral podría revisar el caso si el fiscal insiste en su planteo o recurre en queja.

El planteo del fiscal y la respuesta de la Justicia

Zárate había solicitado a la Justicia Electoral que se diera cumplimiento efectivo a las consecuencias de la condena por corrupción dictada en su contra, que incluye no solo la imposibilidad de ser candidata, sino también —según su interpretación— la pérdida de los derechos políticos, entre ellos el sufragio.

El juez Vázquez desestimó ese planteo por razones procesales: el recurso fue presentado fuera del plazo de tres días previsto para este tipo de apelaciones. En su resolución, a la que tuvo acceso la prensa, el magistrado subrayó el vencimiento de términos y afirmó que no correspondía abrir instancia de revisión por fuera del marco legal.

“Se rechaza el recurso por haber sido interpuesto de manera extemporánea, en un claro vencimiento de términos”, expresó Vázquez, haciendo alusión a lo establecido por la Ley Electoral de la provincia de Buenos Aires y el Código Nacional Electoral.

¿Puede CFK votar? El debate legal y político

La disputa jurídica gira en torno a si la condena penal firme —seis años de prisión por administración fraudulenta y la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos— implica también la pérdida del derecho al voto. Mientras sectores del Ministerio Público Fiscal sostienen que así debería ser, la jurisprudencia electoral ha tendido a una lectura más garantista.

La jueza subrogante Mariel Borruto, que había resuelto en primera instancia mantener a CFK en el padrón, consideró que excluirla implicaría vulnerar derechos fundamentales. Para eso se basó en antecedentes de la Cámara Nacional Electoral, que en casos anteriores sostuvo que privar del voto a personas condenadas puede contradecir principios como la igualdad ante la ley, el derecho a la participación política y la reinserción social.

En efecto, la Cámara ya se había expresado en 2009 contra la exclusión automática de personas condenadas, al considerar que no todas las penas habilitan ese tipo de sanción adicional si no están expresamente contempladas o si atentan contra garantías constitucionales.

Qué puede pasar ahora

Aunque el fiscal Zárate no adelantó si insistirá con el planteo, la causa podría llegar nuevamente a la Cámara Nacional Electoral, que tendría la última palabra. De momento, la decisión judicial vigente habilita a Cristina Fernández de Kirchner a emitir su voto en Santa Cruz, donde tiene domicilio electoral.

El expediente se enmarca dentro de las consecuencias de la causa Vialidad, en la que la exmandataria fue condenada por direccionar obra pública a favor de Lázaro Báez durante su gestión. La Corte Suprema de Justicia ya validó el fallo en uno de los puntos más sensibles: la inhabilitación de por vida para ejercer cargos públicos. Sin embargo, el debate sobre si esa pena afecta también su condición de ciudadana votante sigue abierto y tensiona la frontera entre sanción penal y derechos políticos.

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