Sin embargo, hasta aquí la 'Inocencia Fiscal' ha sido más eficaz para absolver a implicados en causas de evasión impositiva que en llevar los dólares del 'colchón' a los bancos.
El caso de Báez, sus hijos y otros 11 imputados resulta impactante por el personaje, pero no es el único. Al empresario lo benefició la aplicación del principio de "ley penal más benigna" dictada durante la condena.
El mismo principio se había aplicado al inicio del año en Rosario, cuando el Tribunal Oral Federal N° 2 sobreseyó a dos empresarios acusados de evasión tributaria por $17 millones, y levantó la prisión domiciliaria que cumplía uno de ellos.
Pero la 'Inocencia Fiscal' no resulta tan útil en términos de incentivar al ahorrista a llevar sus dólares del colchón al banco.
"Por ahora no hemos visto, a diferencia de lo que había sucedido en el blanqueo anterior, mucha gente viniendo a ingresar depósitos. Todavía no vemos la efectividad que tuvo el blanqueo", confirmó Diego Rivas, CEO de Banco Galicia, en una entrevista que Ámbito Financiero publicó este domingo 15/03.
¿A qué se debería esta falta de interés? La respuesta tal vez está en lo que agrega explica Rivas: "los bancos tenemos la obligación de tomar el dinero y lo dejamos en la cuenta, pero seguimos cumpliendo con los requisitos internacionales vinculados a justificar el origen de esos fondos".
Los tributaristas ya habían advertido sobre las falencias de la ley en cuanto a dejar a salvo de investigaciones de lavado a quienes lleven sus dólares a los bancos, no así a quienes compren, por ejemplo, inmuebles y vehículos al contado con ellos.
Los especialistas recuerdan que están aún en vigencia todas las medidas de la Unidad de Información Financiera (UIF) tendientes a evitar operaciones de lavado de dinero.
"La UIF por ahora no hizo nada y sigue vigente lo mismo. El banco tiene que analizar si esa persona pudo, con su actividad, generar ese dinero en los últimos años", le dijo a la agencia Noticias Argentinas Sebastián Domínguez.
En ese sentido ese sentido, sostuvo: "No recomendaría que deposite en su cuenta. La recomendación sería háganlo en destino, en la cuenta de quien le vende el bien, porque cualquier depósito bancario no justificado es una venta omitida".
Por su parte, el tributarista Diego Chacra, socio de ECIJA Argentina, escribió en un análisis publicado el 12/03 último que la normativa "aclara expresamente" que la adhesión al régimen simplificado de Ganancias requerido dentro de la 'Inocencia Fiscal' " no implica una dispensa respecto del cumplimiento de las obligaciones en materia de prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo, las cuales continúan plenamente vigentes para los sujetos obligados".
Por otro lado, señalaó que la conveniencia de adherir al régimen requiere "un análisis integral de la situación fiscal de cada contribuyente, considerando sus características particulares, su estructura patrimonial, su perfil de ingresos y su situación fiscal previa".
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