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Qué billeteras virtuales le deberán informar a ARCA tus movimientos

Con el nuevo aumento de límites establecido para transferencias y cobros, esta es la lista de billeteras virtuales que informarán tus movimientos al fisco.

Desde enero, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) ajustó los montos mínimos que los bancos y billeteras virtuales deben reportar sobre transferencias, saldos, consumos y otras transacciones de sus clientes. Estas cifras, que se actualizan cada seis meses teniendo en cuenta la inflación acumulada, están diseñadas para mejorar la fiscalización tributaria sin generar costos extras ni cambiar las responsabilidades fiscales de los usuarios.

Aunque estos valores no establecidos restricciones, funcionan como señales de alerta para ARCA, que podrían requerir documentación para comprobar el origen legítimo del dinero. En tanto, las operaciones por debajo de estos límites suelen escapar al radar del organismo, pero igualmente deben poder justificarse si es necesario. En definitiva, aunque los movimientos menores sean menos visibles, no están exentos de la obligación de ser declaradas.

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¿Cuáles son los montos a partir del cual bancos y billeteras virtuales deben informar los movimientos de sus clientes?

Las instituciones financieras, billeteras virtuales y plataformas digitales son las principales responsables de cumplir con este régimen informativo. Desde enero de 2025, deben reportar las siguientes operaciones cuando superen los límites establecidos: transacciones por $600.000, ingresos o egresos que excedan $1.000.000, y saldos finales en cuentas superiores a $2.000.000.

Estas obligaciones aplican a todas las billeteras virtuales, incluyendo: Mercado Pago, MODO, Cuenta DNI, Ualá, Personal Pay, Prex, Naranja X, BNA+.

Operaciones sujetas a información

Transferencias de $600.000

- Consumos totales con tarjetas de débito en territorio nacional.

- Ingresos o egresos acumulados en billeteras virtuales.

Transferencias de $1.000.000

- Acreditaciones bancarias mensuales.

- Depósitos a plazo fijo realizados en el mes.

- Extracciones en efectivo (cajeros automáticos, ventanilla u otros medios) tanto en el país como en el exterior.

Transferencias de $2.000.000

- Transferencias desde billeteras virtuales que superen este monto.

¿Qué deben hacer los bancos y billeteras virtuales?

Las instituciones alcanzadas por esta normativa deben detallar consumos, movimientos de fondos, saldos y transferencias significativas. En el caso de las billeteras virtuales, el informe también debe incluir ingresos, egresos y transferencias relevantes, un aspecto crítico dado el crecimiento exponencial de estas plataformas.

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La Resolución General 5512/2024, origen de esta actualización, forma parte de un plan de modernización fiscal de ARCA, enfocado en garantizar una mayor trazabilidad de las operaciones financieras y prevenir la evasión fiscal. Este tipo de controles, ya existentes, ajustan periódicamente los montos reportables para mantener su relevancia frente a la inflación sin sobrecargar administrativamente a las entidades.

Aunque la medida no genera nuevas exigencias para los usuarios finales, obliga a las instituciones financieras y fintech a garantizar sistemas más eficientes para registrar y reportar operaciones. Esto resulta esencial en un contexto de creciente digitalización del sector financiero.

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