- La totalidad de los ingresos brutos rebasa el umbral máximo estipulado por la categoría más elevada disponible.
- La dimensión o el coste del alquiler superan los límites predeterminados por la categoría máxima accesible.
- Se supera el precio unitario máximo de venta permitido.
- Se efectúan adquisiciones de bienes o gastos personales por un importe que excede los ingresos brutos permitidos por la categoría máxima aplicable.
- Los depósitos bancarios exceden los ingresos brutos permitidos por la categoría máxima aplicable.
- Se han efectuado importaciones de bienes o servicios en el lapso de los últimos 12 meses.
- Se desarrollan más de tres actividades simultáneas o se cuentan con más de tres unidades de explotación (locales).
- Se presta servicios mientras se está categorizado como si se estuvieran vendiendo productos.
- Se realizan operaciones sin emitir facturas.
- Las compras y los gastos relacionados con la actividad, durante los últimos 12 meses, suman el 80% o más de los ingresos brutos máximos permitidos, en el caso de la venta de productos, o el 40% o más cuando se trata de la prestación de servicios, según lo establecido para la categoría más alta disponible en cada caso.
- Figurar en el registro público de empleadores con sanciones laborales (REPSAL).
Ahora bien, en lo que respecta a la baja automática, esta se efectúa en caso de no abonar el impuesto integrado y/o las cotizaciones previsionales fijas durante un periodo ininterrumpido de 10 meses.
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