La iniciativa sobre identidad de género contempla que toda persona "tiene derecho al reconocimiento de su identidad de género, tal como cada persona la siente", corresponda o no con "el sexo asignado al momento del nacimiento".
El texto permite también que toda persona pueda solicitar la rectificación registral del sexo y el cambio de prenombre e imagen "cuando no coincidan con su identidad de género autopercibida, sin necesidad de ningún trámite judicial o administrativo".
La propuesta sostiene también que los mayores de 18 años de edad puedan acceder a intervenciones quirúrgicas totales y parciales y/o tratamientos integrales hormonales para adecuar su cuerpo, incluida su genitalidad, a su identidad de género autopercibida "sin necesidad de requerir autorización judicial o administrativa".
En cuanto al proyecto de muerte digna, obtuvo dictamen favorable de comisiones el 10 de abril y reconoce que "el paciente tiene derecho a aceptar o rechazar determinadas terapias o procedimientos médicos o biológicos con o sin expresión de causa, así como también a revocar posteriormente su manifestación de voluntad".
Aunque no implique la legalización de la eutanasia ni el suicidio asistido, la iniciativa indica que el paciente terminal puede rechazar procedimientos, cirugías y "medidas de soporte vital, cuando sean extraordinarias o desproporcionados en relación a las perspectivas de mejoría" pero lo obliga a expresar su postura al facultativo, quien antes lo habrá informado sobre su real estado de salud, los tratamientos a realizar y sus consecuencias.
También se establece que, en caso de que el paciente se vea impedido de dar su consentimiento, serán sus familiares o los responsables legales quienes deberán hacer conocer la decisión de prolongar la agonía por medios artificiales.