Además, el presidente recibió en una reunión en la Casa Rosada a un grupo de familiares de quienes perdieron la vida en esos sucesos.
En esa reunión participaron Marta Adelaida Almirón y Héctor Fernando Fiori, madre y hermano de Carlos Almirón; Adriana Ochoa, prima de Gustavo Benedetto; Marta Pinedo, esposa de Alberto Márquez, que asistió al encuentro junto a su hija María Soledad Aguilera; y María Arena, esposa de Gastón Riva.
Gastón Riva, Carlos Almirón, Gustavo Benedetto y Alberto Márquez murieron durante la represión policial a la jornada de protesta que tuvo lugar en el centro porteño durante la tarde del 20 de diciembre de 2001.
De qué trata el proyecto de ley:
En los fundamentos de la iniciativa, el Gobierno recordó que “el Estado accionó de manera represiva” en esa ocasión y fueron 39 las personas que “perdieron la vida y hubo un saldo de más de un centenar de heridos”. En ese sentido, la propuesta contempla también a quienes hayan resultado “gravemente heridos” por esos hechos.
Similar a otras leyes reparatorias, el proyecto establece “un beneficio extraordinario, a percibir por única vez, en concepto de indemnización, para los herederos y las herederas o derechohabientes de las personas que fallecieron como consecuencia de la represión desplegada por el Estado, en las manifestaciones de protesta ocurridas, en todo el territorio nacional, los días 19 y 20 de diciembre de 2001, en el marco del estado de sitio declarado mediante el Decreto N°1678 del 19 de diciembre de 2001; y también para las personas que sufrieron lesiones gravísimas en las mismas circunstancias o, en su caso, para sus herederos y herederas o derechohabientes”.
El texto, que indica que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos será la autoridad de aplicación, estipula que la indemnización será equivalente a la remuneración mensual de los agentes Nivel A-Grado 0 del Escalafón del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), multiplicado por 100. Asimismo, aclara que en el caso que el beneficio correspondiere a las personas que hubiesen sufrido lesiones gravísimas, ese monto será un 30% menor.
También se establece la gratuidad de todos los trámites y que la indemnización estará exenta de gravámenes, y de tasas las tramitaciones judiciales o administrativas que tuvieren por finalidad la acreditación de las circunstancias o del vínculo, en jurisdicción nacional.
“Si existieren acciones judiciales contra el Estado Nacional fundadas en los mismos hechos a que se refiere la presente ley, quienes pretendan acogerse a dicho beneficio, y al tiempo de solicitarlo, deberán desistir de la acción y del derecho ejercitados en los respectivos procesos y renunciar a entablar futuras acciones judiciales por la misma causa”, prevé.
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