Llegado el caso hasta la Corte, el máximo tribunal con las firmas de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti declararon inadmisible el planteo.
En otro orden
El máximo tribunal declaró la competencia del Juzgado de Garantías N°7 del departamento judicial de Lomas de Zamora en una causa en la que se investiga a Marcelo D’Alessio por el presunto envío de una carta a Luis Ángel D’Elía cuando ambos se encontraban detenidos en la cárcel de Ezeiza.
La contienda negativa de competencia se planteó entre Juzgado de Garantías N° 7 del departamento judicial de Lomas de Zamora y el Juzgado Federal de Dolores, provincia de Buenos Aires.
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Marcelo D'Alessio referido por Luis D'Elía
D’Elía denunció haber recibido, a través del capellán del establecimiento en el que se encontraba detenido, una carta escrita y firmada por D’Alessio, alojado en el mismo lugar que le generó preocupación y temor en virtud de las relaciones que, según el denunciante, el primero de ellos tenía con funcionarios de alto nivel y miembros de los servicios de inteligencia.
En su denuncia, D’Elía informó que la carta fue reenviada por él al Juzgado Federal de Dolores, en el marco de la causa en la que se encuentra imputado su autor (D’Alessio),
El juez local declinó su competencia a favor del magistrado federal por entender que ya se encontraba en conocimiento de los hechos desde que el denunciante le envió la carta.
El juez federal rechazó la atribución al considerar que, más allá de haber recibido el manuscrito enviado por D'Elía, no advertía que se encuentre relacionado con los hechos objeto del sumario que tramita en el fuero federal de Dolores y que tiene por imputado, entre otros, a D’Alessio.
Elevado el conflicto de competencia ante la Corte, el Tribunal resolvió que corresponde al juzgado de Lomas de Zamora continuar a cargo de la causa. Remitiendo al dictamen de la Procuración, el Máximo Tribunal dijo que el envío de la carta que infundió preocupación y temor a D´Elía, resulta ser un "hecho independiente y ajeno a la competencia excepcional y restrictiva del fuero federal".
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