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Arden los pilotos: ANAC confirma cambios en tiempos de vuelo y descanso

ANAC avanzó en las directrices para modificar el régimen de descanso y vuelo de los pilotos. Queda firme la implementación del Decreto N° 378/2025.

A pesar del reclamo de los pilotos nucleados en APLA y otras organizaciones gremiales, ANAC avanzó con las directrices para hacer funcionar el nuevo régimen de descanso y tiempo de vuelo dispuesto en el Decreto N° 378/2025. La medida establece el criterio oficial como un “mínimo” para la gestión de fatiga y deja librado a cada operador la instalación de un esquema propio que no perfore los básicos contemplados.

El Decreto N° 378/25 fijó nuevos parámetros operativos para el personal aeronáutico, con el fin de garantizar condiciones adecuadas de descanso y alerta en las operaciones aéreas, en línea con las mejores prácticas y estándares internacionales. En ese marco, la nueva resolución de ANAC introduce las modificaciones necesarias en las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC) para adecuarlas a lo dispuesto por el decreto, indicaron desde ANAC. El Decreto N° 378/25 fijó nuevos parámetros operativos para el personal aeronáutico, con el fin de garantizar condiciones adecuadas de descanso y alerta en las operaciones aéreas, en línea con las mejores prácticas y estándares internacionales. En ese marco, la nueva resolución de ANAC introduce las modificaciones necesarias en las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC) para adecuarlas a lo dispuesto por el decreto, indicaron desde ANAC.

Según el organismo, las directrices técnicas actúan “como guía para la interpretación y aplicación del régimen” referido a tiempos de servicio, períodos de descanso y programación de tripulaciones. La medida apunta a homogeneizar el funcionamiento de las operaciones en toda la industria aerocomercial local.

Entre lo contemplado en el decreto se dispuso un recorte del periodo vacacional inicial, una ampliación de las horas posibles de vuelo y una reducción del periodo de descanso necesario entre operaciones. Además, se dejó de contemplar traslados y tiempos de aeropuerto como “tiempo de trabajo”.

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Fuertes cambios de ANAC

De acuerdo con lo establecido en el Decreto N° 378/25, los explotadores podrán optar por desarrollar e implementar su propio Sistema de Gestión del Riesgo Asociado a la Fatiga (FRMS), el cual deberá ser presentado ante la Autoridad Aeronáutica bajo declaración jurada y garantizar, como mínimo, el nivel de seguridad previsto en la normativa. Quienes no adopten un FRMS propio, deberán ajustarse íntegramente al régimen general del decreto, aseguraron desde ANAC. De acuerdo con lo establecido en el Decreto N° 378/25, los explotadores podrán optar por desarrollar e implementar su propio Sistema de Gestión del Riesgo Asociado a la Fatiga (FRMS), el cual deberá ser presentado ante la Autoridad Aeronáutica bajo declaración jurada y garantizar, como mínimo, el nivel de seguridad previsto en la normativa. Quienes no adopten un FRMS propio, deberán ajustarse íntegramente al régimen general del decreto, aseguraron desde ANAC.

Por otra parte, la medida de ANAC establece que cada piloto y tripulante sea quien evalúe su aptitud operativa antes de cada vuelo. De esa manera, será el propio personal quien deberá sopesar el nivel de desgaste que acarrea a la hora de encarar una operación.

Se precisa que cada miembro de la tripulación debe evaluar su aptitud para operar antes de cada vuelo, mientras que los explotadores mantienen la responsabilidad de verificar que las dotaciones estén aptas y que la programación cumpla con los límites de actividad y descanso previstos. Se precisa que cada miembro de la tripulación debe evaluar su aptitud para operar antes de cada vuelo, mientras que los explotadores mantienen la responsabilidad de verificar que las dotaciones estén aptas y que la programación cumpla con los límites de actividad y descanso previstos.

Además, ANAC indicó que el concepto de “tiempo de servicio” está directamente relacionado a las horas de vuelo. De esa manera, quedarán al margen horas de traslado o aeropuerto, que hasta ahora eran consideradas parte de ese concepto inicial.

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El enojo de los pilotos

Las directrices de ANAC llegarían para tensar fuertemente los ánimos de los pilotos y las tripulaciones, que recibieron el Decreto N° 378/2025 como un “ajuste” sobre sus regímenes laborales. Al respecto, la Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (APLA) destacó que la reforma del régimen mencionado se realizó “sin bases científicas o estudios técnicos de impacto”.

Por su parte, el Gobierno nacional empujó los cambios para estandarizar los requisitos locales a las exigencias internacionales y poder facilitar el atractivo para la llegada de nuevas aerolíneas al país. Algo que todavía no se concretó a vistas de que el mercado local sigue siendo explotado por las tres operadoras nacionales: Aerolíneas Argentinas, Flybondi y JetSMART.

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