Además, la resolución introduce modificaciones en otras secciones de las RAAC, como las que regulan al personal aeronáutico distinto de pilotos, tripulantes de cabina de pasajeros, certificación médica aeronáutica, paracaidismo y los centros de instrucción y entrenamiento aeronáutico.
Unifica la experiencia para obtener la licencia de Piloto Comercial en 200 horas de vuelo, alineándose con los estándares internacionales, pone fin a las Habilitaciones por Tipo en Helicópteros Livianos (elimina la necesidad de obtener una habilitación de tipo por cada modelo de helicóptero ligero (de hasta 5.700 kg y un solo piloto), siendo suficiente una habilitación de clase); elimina el Foliado y Certificación de Vuelo, dando mayor validez al Libro de Vuelo Personal del piloto, acaba con las las Readaptaciones por Inactividad Corta, esto es, se suprime la obligación de realizar una readaptación por inactividades de 30, 60 o 90 días, reemplazándola por un sistema basado en la experiencia reciente.
Además, simplifica Habilitaciones (se reestructuran y simplifican los requisitos generales para añadir habilitaciones de categoría, clase y tipo a las licencias existentes); se unifican Licencias de Aerostatos con la creación de una única licencia de Piloto de Globo Libre (Subparte O), unificando los requisitos y facilitando el desarrollo de esta actividad, clave para el turismo.
También incentiva la formación en Centros de Instrucción de Aeronáutica Civil (CIAC), permitiendo acceder a la licencia comercial con un mínimo de 150 horas si se completa un curso integral reconocido; elimina la renovación obligatoria de la licencia de Instructor de Vuelo para aquellos que demuestren estar en actividad, por ejemplo, acreditando horas de instrucción impartidas; simplifica y clarifica los procesos de conversión y convalidación de licencias emitidas por otros estados contratantes de la OACI; autoriza y fomenta explícitamente el uso de simuladores de vuelo (FSTD) para cumplir con horas de instrucción requeridas para ciertas habilitaciones, como la de vuelo por instrumentos, y también, eliminan las limitaciones preexistentes para el vuelo visual nocturno para las licencias de piloto, permitiendo una operación más flexible.
La ANAC subrayó que la reforma apunta a "modernizar y simplificar" el marco regulatorio, reducir los plazos en la emisión de certificados y reforzar la seguridad operacional, considerada un "objetivo irrenunciable" en la aviación civil.
La disposición establece plazos de transición para la adecuación de licencias ya emitidas y para la implementación de los nuevos programas de instrucción y exámenes de conocimiento, que deberán estar operativos antes de fines de 2027.
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